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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (19/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de setiembre de 2018 El Peruano / el tercer párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley, recomendando la expedición de la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación del área del inmueble y el valor de la Tasación, asimismo, adjunta el Certi fi cado de Búsqueda Catastral, el Certi fi cado Registral Inmobiliario y la disponibilidad presupuestal de la Ofi cina de Programación, Evaluación e Información de PROVIAS NACIONAL, para la expropiación del área del predio afectado, contenida en el Informe N° 1789-2018-MTC/20.4; Que, con Informe N° 1936-2018-MTC/20.3 la O fi cina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL concluye que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lunahuaná – Dv. Yauyos – Chupaca, Tramo: Ronchas – Chupaca” y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 10,412.85, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1692256-2 ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LUNAHUANÁ – DV. YAUYOS – CHUPACA, TRAMO: RONCHAS – CHUPACA.” NºSUJETO AC- TIVO / BENE- FICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANS- PORTES Y COMUNI- CACIONES - PROVIAS NACIONALTeofi lo Pablo Galvan Lazo Eliseo Casallo Morales Juanita Maria Galvan Lazo Ninfa Estrella Madueño de GalvanCÓDIGO: TRC-87AREA AFECTADA: 99.17 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Norte: Con carretera Ronchas-Chupaca; en línea recta de un tramo: 1-2 de 13.95m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE Este: Con la U.C. 450731; en línea quebrada de dos tramos rectos: 5-6 de 4.87m, 6-1 de 2.43m. VER- TICESLADODISTANCIA (m) WGS84 Sur: Con la U.C. 22389; en línea quebrada de dos tramos rectos: 3-4 de 5.43m, 4-5 de 8.40m.ESTE (X) NORTE (Y) Oeste: Con la U.C. 22387; en línea recta de un tramo: 2-3 de 7.22m. 1 1-2 13.95 464047.8916 8667553.7913 2 2-3 7.22 464033.9644 8667552.9215 3 3-4 5.43 464033.0679 8667545.75684 4-5 8.40 464038.4931 8667546.05325 5-6 4.87 464046.8745 8667546.5555 PARTIDA REGISTRAL: N° 11077976 perteneciente a O fi cina Registral de Huancayo, Zona Registral N° VIII, Sede Huancayo.6 6-1 2.43 464047.5536 8667551.3819 10 412,85 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 12.07.2018, por la Ofi cina Registral de Huancayo, Zona Registral N° VIII, Sede Huancayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 14.07.2017 (Informe Técnico Catastral N° 5587-2017) por la O fi cina Registral de Huancayo de la Zona Registral N° VIII, Sede Huancayo. Aprueban ejecución de la expropiación de inmueble afectado por el Proyecto: “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, y valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 717-2018 MTC/01.02 Lima, 14 de setiembre de 2018 VISTO: La Nota de Elevación N° 131-2018-MTC/33.1 de fecha 29 de agosto de 2018, de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao – AATE, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados