Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de setiembre de 2018 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 3271-2018 Lima, 23 de agosto de 2018 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la señora Lily Rosa Ponce Tirado para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Lily Rosa Ponce Tirado postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Lily Rosa Ponce Tirado, con matrícula número N-4644, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1692808-1

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Confianza S.A.A. para que se le autorice el traslado de la agencia ubicada en el departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que mediante resolución SBS Nº 535-2006 de fecha 28/04/2006, esta Superintendencia autorizó la apertura de la referida agencia ubicada en Calle José Gálvez Nº 414, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima; Que la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de dicha agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución Nº 47972015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Confianza S.A.A. el traslado de su agencia ubicada en Calle José Gálvez Nº 414, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima; a su nuevo local ubicado en Jr. José Gálvez Egúsquiza Nº 395, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1692798-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA
Aprueban incorporación de la Formación en Salud Intercultural y la Lengua Materna u Originaria de la Población como criterios para la Contratación y Selección de Personal de Salud en zonas con presencia de Pueblos Indígenas Amazónicos y Andinos
ORDENANZA REGIONAL Nº 08-2018-GR.CAJ-CR EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que

Autorizan a Financiera Confianza S.A.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3464-2018 Lima, 6 de setiembre de 2018

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