Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2018 (26/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del SANIPES
ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA -SANIPESRESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 106-2018-SANIPES-PE Surquillo, 25 de setiembre de 2018 VISTOS: Carta de renuncia S/N de fecha 28 de agosto de 2018 y, Informe N° 403-2018-SANIPES/OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30063, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, modificado por Decreto Legislativo N° 1402, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la designación de los cargos de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o Titular de la Entidad correspondiente. Asimismo, en su artículo 6, establece que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos públicos de confianza surten efectos a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, a través del Decreto Supremo N° 009-2014PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, que contiene la estructura orgánica institucional que establece en su artículo 18, literal o), que es función de la Presidencia Ejecutiva, designar y remover a los funcionarios del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera- SANIPES de acuerdo a la normatividad vigente; Que, cabe indicar mediante Resolución Ministerial Nº 093-2015-PRODUCE, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, el cual señala que el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica corresponde a puesto de libre designación y remoción dentro de la estructura institucional; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 024-2017-SANIPES-DE de fecha 31 de marzo de 2017, la Dirección Ejecutiva de SANIPES designó al abogado Lucio Faustino Rosales Montes, en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; presentando su renuncia con fecha 28 de agosto de 2018, la misma que fue aceptada; Que, el Consejo Directivo en sesión de fecha 19 de setiembre de 2018, aprobó la designación del abogado Erik Augusto Miranda Carnero, a propuesta del Presidente Ejecutivo; Con el visado de la Gerencia General y, de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, modificada por Decreto Legislativo N° 1402; el Decreto Supremo N° 012-2013-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30063; el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SANIPES; la Resolución Ministerial N° 093-2015-PRODUCE, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de SANIPES; el Decreto Legislativo N° 1057,

que regula la Contratación Administrativa de Servicios, modificado por la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; y, el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR la renuncia presentada por el abogado LUCIO FAUSTINO ROSALES MONTES, con efectividad al 25 de setiembre de 2018, al cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al abogado ERIK AUGUSTO MIRANDA CARNERO, como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, con efectividad al 26 de setiembre de 2018, previsto en el Cuadro de Asignaciones de Personal Provisional (CAP Provisional), como cargo de libre designación y remoción de la Entidad. Artículo 3.- DISPONER a la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración la notificación de la presente resolución a los interesados. Artículo 4.- DISPONER a la Gerencia General la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente Ejecutivo (e) 1695558-2

Modifican la Res. N° 017-2016-INACAL/PE en lo referente a la conformación del Comité Permanente de Normalización del INACAL
INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 121-2018-INACAL/PE Lima, 24 de setiembre de 2018 VISTO: La Nota N° 12-2018-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo y la Nota N° 237-2018-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, los numerales 19.1 y 19.4 del artículo 19 de la citada Ley, establecen que, el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas y cuenta con un comité permanente de normalización, cuya conformación y principales atribuciones se desarrollan en el artículo 22 de la antes referida Ley;

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