Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2018 (26/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de setiembre de 2018 /

El Peruano

de la actividad privada regulada por el TUO del Decreto Legislativo Nº 728; Que, mediante Informe Nº 579-2017-ENSABAP-DAD-SD. RRHH de fecha 03 de noviembre de 2017, la Sub Dirección de Recursos Humanos (e) teniendo en consideración que la Ley Nº 30057 ­ SERVIR permite la formulación de un Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional, recomienda que se implemente la Planilla de Remuneraciones de la ENSABAP bajo los alcances establecidos en el Decreto Legislativo Nº 728; Que, a través del Informe Nº 148-2017-ENSABAPDAD de fecha 03 de noviembre de 2017, la Dirección Administrativa emite opinión favorable a la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la ENSABAP, por lo tanto, se debe elevar el expediente ante el Consejo Ejecutivo para su respectiva aprobación; Que, mediante Informe Nº 062-2017-ENSABAPDP de fecha 09 de noviembre de 2017, la Dirección de Planificación recomienda dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 5 de la Ley Nº 26860 debido a que permite sincerar el régimen laboral de la ENSABAP, además se formule e implemente el Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional, considerando el cumplimiento de la Ley Nº 26860; Que, en sesión de fecha 09 de noviembre de 2017 los miembros del Consejo Ejecutivo aprobaron por unanimidad el Cuadro de Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la ENSABAP; Estando a lo dispuesto y con los visados respectivos; y De conformidad con el Estatuto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2009-ED, modificado mediante acuerdo de Asamblea General Extraordinaria de fecha 15 de noviembre de 2016, y con el Reglamento General aprobado mediante Resolución de Asamblea General Nº 001-2016-ENSABAP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- FORMALIZAR la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Directoral Nº 056-2012-ENSABAP. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CARLOS VALDEZ ESPINOZA Director General MARCO ANTONIO GAVIÑO AGUILAR Secretario General 1695054-1

CONSIDERANDO: Que, respecto a las solicitudes presentadas por los docentes de la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de pasantías académicas en Instituciones de Educación Superior en el extranjero. 2. Para obtener la resolución correspondiente, deberán presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación adjuntando lo siguiente: a) Documento que acredita las características y aceptación del evento y/o actividad académica. b) Copia del Acuerdo de Consejo de Facultad que le otorga la Licencia para asistir al evento y/o actividad. c) Carta de Compromiso Notarial, por la que declaren que en el plazo máximo de 01 año después de concluida el evento y/o actividad académica con la ponencia del trabajo de investigación, deberán publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), en calidad de autor o coautor, pudiendo ser la publicación o la aprobación de la publicación por parte de la revista, y en caso de incumplimiento, autorizar el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos, para cuyo efecto, celebrarán un contrato". Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado de Investigación eleva la solicitud efectuada por el Dr. David Gregorio Pacheco Salazar, docente del Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales de la UNSA, solicitando la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e inscripción por el monto de S/ 1380.54 Soles, para que participe con la presentación de su trabajo de investigación titulado "Estudio de las Propiedades Físicas de Nanoparticulas SnO2 Dopadas con Cerio" en el 18º Congreso Internacional de Metalurgia y Materiales SAMCONAMET 2018, a realizarse en San Carlos de Bariloche, Argentina, del 01 al 05 de octubre del 2018, adjuntando para tal efecto: a) Copia de la carta de invitación de fecha 13 de agosto del 2018 suscrita por la Dra. Graciela Bertolino, Presidente del Comité Organizador (SAMCONAMET 2018), que acredita las características y aceptación de su participación en el citado Congreso; b) Copia de la Resolución Subdirectoral Nº 1199-2018SDRH de fecha 20 de agosto del 2018, emitida por la Subdirección de Recursos Humanos, por la que, se acredita el otorgamiento de la Licencia correspondiente al solicitante; y, c) Copia de la Carta de Compromiso Notarial de fecha 22 de agosto del 2018, mediante la cual, el docente declara que en el plazo máximo de 01 año después de concluido el Congreso con fines de investigación, deberá publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS. WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autoriza el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos. Que, la participación del docente en el citado congreso, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Tramite de Pasajes y Viáticos Internacionales" actualizado mediante el "Formato de Trámite para Pasajes y Seguro de Viaje" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante su Oficio Nº 637-2018-OUPLUNSA de fecha 18 de setiembre del 2018, informa que de acuerdo a la revisión presupuestal se cuenta con el crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento:

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Argentina, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1472-2018 Arequipa, 21 de setiembre del 2018 Visto el Oficio Nº 761-2018-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización de viaje con fines de investigación al extranjero correspondiente al Dr. David Gregorio Pacheco Salazar, docente del Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales de la UNSA.

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