Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2018 (26/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 26 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, Presupuesto Año Fiscal 2018, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. David Gregorio Pacheco Salazar, docente del Departamento Académico de Física de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales de la UNSA, para que participe con la presentación de su trabajo de investigación titulado: "Estudio de las Propiedades Físicas de Nanoparticulas SnO2 Dopadas con Cerio" en el 18º Congreso Internacional de Metalurgia y Materiales SAM-CONAMET 2018, a realizarse en San Carlos de Bariloche, Argentina, del 01 al 05 de octubre del 2018. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado Decano y servidor docente, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Recursos Donaciones y Transferencias, según siguiente detalle: Pasajes aéreos: Arequipa-Lima-Buenos Aires-San Carlos de Bariloche-Buenos Aires-Chile-Lima-Arequipa Del 29 de setiembre al 06 de octubre del 2018 S/ 3,704.91 Soles. Seguro de viaje : S/ 228.05 Soles. Viáticos (6 días) : S/ 6,625.37 Soles. Inscripción : S/ 1380,54 Soles. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Rector 1695256-1

el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modificado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispuesta en el Art. 3º; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nº CU-224-2006UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Biólogo, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición la documentación sustentatoria respectiva, conforme a Directiva de la Institución; Que, obra en el Expediente el Oficio Nº 123-EPB/FC2018, de la Dirección de la Escuela Profesional de Biología y Oficio Nº 0372-2018-FC-UNSAAC, del Decanato de la Facultad de Ciencias de la Institución, a través del cual remiten el Oficio Nº 035-UE-DS/UNSAAC-2018, cursado por la Jefatura de la Unidad de Estadística, manifestando que doña Gladis Taboada Chacón, con Código de Matrícula 830850, ostenta el Título Profesional de Biólogo en mérito a la Resolución Nº R-0936-91 de fecha 03-091991, encontrándose registrado en la base de datos de Graduados y Titulados de la Unidad de Estadística; Que, del Informe Nº 047-2018-GT-UNSAAC, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que la recurrente optó al Título Profesional de Biólogo, en la ex Facultad de Ciencias Biológicas y Geografía de la UNSAAC, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 07, encontrándose inscrito en el folio Nº 119, con Resolución Nº R-0936-1991-GT, de fecha 03 de setiembre de 2017, asimismo, se verificó que el Título Profesional en mención se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 27 de junio de 2018, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE BIÓLOGO, por motivo de pérdida, a favor de doña GLADIS TABOADA CHACON, con Código Universitario Nº 830850, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (e) 1694761-1

Autorizan la emisión de duplicado de diploma de título profesional de Biólogo de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-0285-2018-UNSAAC/ Cusco, 28 de junio de 2018 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente Nº 825393, presentado por doña GLADIS TABOADA CHACON, con Código Universitario Nº 830850 egresada de la hoy Escuela Profesional de Biología de la Facultad de Ciencias de la Institución, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Biólogo, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626 y su modificatoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con

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