Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 3 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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de la Segunda Temporada de Pesca 2018 en la Zona Norte - Centro, debe ser efectuada dentro de las 24 horas de finalizada la temporada. El procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) extraído en el marco de la Segunda Temporada de Pesca 2018 en la Zona Norte - Centro, debe ser efectuado dentro de las 48 horas de finalizada la temporada. Artículo 3.- Seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta El Instituto del Mar del Perú - IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus), debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero necesarias. Artículo 4.- Infracciones y sanciones El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 5.- Difusión y supervisión de la Resolución Ministerial Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1756215-1

N° 008-2015-PRODUCE, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Instituto Nacional de Calidad, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 319-2015-PRODUCE, cuyo reordenamiento ha sido dispuesto con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 065-2017-INACAL/PE, considera, entre otros, el cargo estructural de Asesor de la Presidencia Ejecutiva (Plaza 003 con Código 244-010-02), cargo considerado de confianza, el cual se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la funcionaria que lo desempeñará; Con las visaciones de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Mónica Delfina Nuñez Cabañas, en el cargo de Asesora de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. M. CLARA GÁLVEZ CASTILLO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1756468-1

SALUD
Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Promoción de la Salud de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2019/MINSA Lima, 1 de abril de 2019 Vistos, los expedientes Nºs. 19-030052-001 y 19030052-002, que contienen la Nota Informativa Nº 3882019/DGIESP/MINSA, emitida por el Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1332-2018/ MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP- P N° 881), de la Dirección de Promoción de la Salud de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, se encuentra clasificado como cargo de confianza; Que, con la Resolución Ministerial Nº 446-2018/ MINSA, de fecha 17 de mayo de 2018, se designó a la licenciada en enfermería Mercedes Amalia Arévalo Guzmán, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Promoción de la Salud de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento de Visto, el Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, comunica la renuncia de la profesional señalada en el considerando precedente,

Designan Asesora de Ejecutiva del INACAL

la

Presidencia

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 030-2019-INACAL/PE Lima, 2 de abril de 2019 VISTO: El Memorando N° 054-2019-INACAL/GG de la Gerencia General y la Nota N° 055-2019-INACAL/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, constituyendo un Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, modificado con Decreto Supremo

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