Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Miércoles 3 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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en el sistema de alcantarillado sanitario, de acuerdo al siguiente texto: "DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aplicación de la norma Los actos administrativos que hayan iniciado antes de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo se rigen por lo establecido en el Decreto Supremo N° 021-2009-VIVIENDA que aprueba los Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario y sus Anexos, el Decreto Supremo N° 003-2011-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Supremo N° 021-2009-VIVIENDA y su modificatoria, que aprueba los Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, hasta su conclusión; salvo que las disposiciones del Reglamento aprobado con el presente Decreto Supremo le resulten más favorables al administrado. Las disposiciones contenidas en el presente Decreto Supremo no son aplicables en las localidades en las que, a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, se estén desarrollando procesos de promoción de la inversión privada que se encuentren en la fase de transacción; siendo de aplicación la normativa vigente antes de la publicación del presente Decreto Supremo." Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1756481-1

Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura del señor Daniel Enrique Kanashiro Díaz, Especialista en Comunicación Sectorial de la Oficina de Imagen Institucional, en el puesto de Director de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Sharon Carolina Torres Mitchell en el cargo de Directora de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1756477-1

Designan Director Titular de la EPS EMSAP CHANKA S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2019-VIVIENDA Lima, 2 de abril de 2019 VISTOS; el Oficio N° 198-2018-EPS EMSAP CHANKA /GG, de la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento Municipal CHANKA S.A., el Informe N° 086-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, el Memorándum N° 270-2019-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante, la Ley Marco, dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal privadas o mixtas; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 de la Ley Marco, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto, entre otros, por un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, conforme al párrafo 52.2 del artículo 52 de la Ley Marco, los directores de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal son elegidos y designados conforme a los requisitos, impedimentos, procedimientos, plazos y demás reglas establecidos en el Reglamento; Que, en ese sentido, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2018-VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 001-2019-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.5 del artículo 63, que el Gerente General de la empresa prestadora de servicios de saneamiento pública de accionariado municipal solicita a los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, remitan al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento-MVCS el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuesto según los estatutos o normas pertinentes. Asimismo precisa que el MVCS efectúa la revisión y evaluación correspondiente, de acuerdo a las disposiciones y los plazos que para dicho fin apruebe el Ente Rector;

Designan Directora de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 122-2019-VIVIENDA Lima, 1 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 442-2018-VIVIENDA se encargó al señor Daniel Enrique Kanashiro Díaz, Especialista en Comunicación Sectorial de la Oficina de Imagen Institucional, el puesto de Director de la Oficina de Imagen Institucional de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la referida encargatura y designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por

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