Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 3 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Me dirijo a usted con el fin de solicitarle el uso de la Casilla Electrónica Corporativa Aduanera (CECA) y de la Casilla Electrónica del Usuario (CEU), de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombre o Razón Social del Operador RUC N°

Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 1222014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación de disposiciones del Procedimiento Específico "Rectificación del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación" DESPAPE.09.02 (versión 6). Modifícase la sección III; la sección V; el numeral 2 de la sección VI; y el numeral 1 del literal A.1.1 y el numeral 1 del literal A.1.2 de la Sección VII del Procedimiento Específico "Rectificación del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación" DESPA-PE.09.02 (versión 6) conforme a los siguientes textos: "III. RESPONSABILIDAD Son responsables de la aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo dispuesto en el presente procedimiento el Intendente Nacional de Control Aduanero, el Intendente Nacional de Sistemas de Información, el Intendente Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera y los intendentes de aduana de la República, las jefaturas y el personal de las distintas unidades organizacionales que intervienen." "V. BASE LEGAL

Nombre del Representante Legal

DNI N°

Casilla electrónica del usuario (CEU)

Teléfono N°

Asimismo, mi representada: 1. Autoriza que la presente solicitud sea registrada en el módulo de trámite documentario. 2. Autoriza a la SUNAT a remitir las comunicaciones pertinentes a la CEU. 3. Acepta la validez de los actos que se generen como consecuencia del uso de la CECA y de la CEU. 4. Se compromete a comunicar cualquier modificación de los datos registrados y asume la responsabilidad y consecuencias que se deriven de la falta de comunicación. Lugar y fecha, Firma y sello del Representante Legal 1755704-1

Modifican el Procedimiento Específico "Rectificación del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación" DESPA-PE.09.02 (versión 6)
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 069-2019/SUNAT MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO "RECTIFICACIÓN DEL MANIFIESTO DE CARGA, ACTOS RELACIONADOS, DOCUMENTOS VINCULADOS E INCORPORACIÓN" DESPA-PE.09.02 (versión 6) Lima, 29 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 39-2016-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento específico "Rectificación del Manifiesto de Carga, Actos Relacionados, Documentos Vinculados e Incorporación" INTA-PE.09.02 (versión 6); el cual fue recodificado por la Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2017-SUNAT/5F0000 como DESPA-PE.09.02; Que como parte de la política institucional de mejora continua y simplificación de procesos, se ha considerado necesario modificar el citado procedimiento a fin de que el transportista o su representante en el país, el agente de carga internacional o el almacén aduanero, puedan optar por transmitir a la Administración Aduanera las solicitudes de rectificación del manifiesto de carga y de los actos relacionados a través de una casilla electrónica, en aquellas intendencias de aduana donde no se encuentre implementado el sistema informático para la transmisión de la referida solicitud. Conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 0042019-JUS y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 de la Ley Nº 29816 - Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y modificatorias y el inciso o) del artículo 8 del

- Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo N° 1053 publicado el 27.6.2008 y modificatorias. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 10-2009-EF publicado el 16.1.2009 y modificatorias. - Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo Nº 31-2009-EF publicado el 11.2.2009 y modificatorias. - Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS publicado el 25.1.2019. - Ley de los Delitos Aduaneros, Ley Nº 28008 publicada el 19.6.2003 y modificatorias. - Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros aprobado por Decreto Supremo N° 121-2003-EF publicado el 27.8.2003 y modificatorias. - Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF publicado el 22.06.2013 y modificatorias. - Procedimiento General de "Manifiesto de Carga" DESPA-PG.09 (versión 6), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional N° 38-2016-SUNAT/5F0000." "VI. DISPOSICIONES GENERALES (...) 2. Las solicitudes se transmiten de acuerdo al Procedimiento Específico de Teledespacho DESPAPE.00.02 o se presentan de acuerdo a lo señalado en el presente procedimiento. (...)" "VII. DESCRIPCIÓN A. TRAMITE DE LAS SOLICITUDES EN EL PROCESO DE CARGA DE INGRESO A.1 Solicitudes relacionadas con el manifiesto de carga en las Intendencias de Aduana de Paita, Salaverry, Chimbote, Marítima del Callao, Pisco, Mollendo e Ilo. (...) A.1.1 Solicitudes electrónicas con aprobación automática 1. Las solicitudes electrónicas son de aprobación automática, salvo en los siguientes casos de excepción:

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