Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Miércoles 3 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo, en la citada sesión, a través del mismo acuerdo, el Consejo Directivo acordó la derogación de la Directiva N° 009-2017-OSCE/CD "Lineamientos para la ejecución de la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado", aprobada con Resolución N° 009-2017-OSCE/CD; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice los citados acuerdos del Consejo Directivo; Con el visado de la Secretaria General, del Presidente del Tribunal de Contrataciones del Estado, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva N° 008-2019-OSCE/CD "Lineamientos para la ejecución de la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Formalizar la derogación de la Directiva N° 009-2017-OSCE/CD "Lineamientos para la ejecución de la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Contrataciones del Estado", aprobada con Resolución N° 009-2017-OSCE/CD. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1756330-1

Formalizan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del OSCE para el periodo 2019 - 2022
RESOLUCIÓN Nº 059-2019-OSCE/PRE Jesús María, 2 de abril de 2019 VISTO: El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 003-2019/ OSCE-CD - Sesión Ordinaria de fecha 28 de marzo de 2019; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales;

Que, el subnumeral 4.1 del numeral 4 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018-CEPLAN/ PCD, dispone que el Plan Estratégico Institucional ­ PEI es el instrumento de gestión que identifica la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un período de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en la población a la cual se orienta y cumplir su misión; Que, el subnumeral 5.7 del numeral 5 de la citada Guía, establece que los Pliegos del Poder Ejecutivo previamente remiten su PEI al Órgano de Planeamiento Estratégico Sectorial perteneciente al Sector al cual se encuentra adscrito o el que haga sus veces, a fin que este órgano elabore un primer informe de validación sobre la consistencia y coherencia del PEI del Pliego con las políticas y planes bajo competencia del Sector. Este informe, junto al PEI es remitido luego por el Pliego al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, para que valide la metodología, consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emita un informe técnico que contenga la evaluación de diseño del PEI; Que, mediante Resolución Nº 012-2017-OSCE/CD, de fecha 31 de marzo de 2017, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, alineado al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 20172021 del Sector Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 411-2016-EF/41; Que, mediante Resolución Ministerial N° 081-2019EF/41, se aprobó la actualización de metas al 2022 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Informe N° D000010-2019-OSCEOPM, la Oficina de Planeamiento y Modernización propone la aprobación del proyecto de Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, para el periodo 2019-2022, señalando que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, según Oficio N° 023-2019-EF/41.02, y con la validación de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, según Informe Técnico N° D000042-2019-CEPLAN-DNCPPEI; Que, asimismo, según lo informado por la Oficina de Planeamiento y Modernización, la referida propuesta fue validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, conformada con Resolución N° 105-2018-OSCE/ PRE; Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por el Presidente Ejecutivo. Asimismo, el literal c) del artículo 8 dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar los objetivos estratégicos, planes estratégicos y políticas institucionales; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo Nº 005-0032019/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 003-2019/OSCE-CD ­ Sesión Ordinaria de fecha 28 de marzo de 2019, el Consejo Directivo acordó aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, para el periodo 2019-2022; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;

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