Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2019 (18/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de abril de 2019 /

El Peruano

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2019-EF/41 Lima, 16 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) emitió la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, la cual tiene como objeto establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI); Que, el numeral 6.3 de la "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que el POI se modifica, cuando se modifica el PEI; así como por cambios en la programación de metas físicas de la actividades operativas e inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, por la incorporación de nuevas actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, por Resolución Ministerial Nº 202-2018-EF/41 se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 005-2019-EF/41; Que, el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI), el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas (EEME), la Oficina General de Administración (OGA) en coordinación con el Tribunal Fiscal, la Oficina General de Servicios al Usuario (OGSU) y la Unidad Ejecutora 011-Secretaría Técnica del Consejo Fiscal (STCF), requieren incorporaciones y modificaciones en la programación de actividades operativas del POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, establece, entre otros, que es competencia de la Oficina General de Planificación y Presupuesto la formulación del POI, así como su actualización; Que, mediante Memorando Nº 175-2019-EF/41.02, la Oficina General de Planificación y Presupuesto adjunta el Informe Nº 060-2019-EF/41.02, por el cual se da opinión favorable a la propuesta de modificación del POI 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF; y, en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional"; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobación de la modificación del Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas

Modifícase la programación de actividades operativas conforme a los Anexos B-5 adjuntos a la presente Resolución, correspondientes a la Oficina General de Servicios al Usuario (OGSU), la Unidad Ejecutora 011-Secretaría Técnica del Consejo Fiscal (STCF), e incorpórase la programación de actividades operativas del Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión (EESI), del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas (EEME) y de la Oficina General de Administración (OGA), en el Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2. Publicación del Plan Operativo Institucional 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas Publícase el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 Modificado del Ministerio de Economía y Finanzas en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1761472-1

EDUCACION
Conforman Grupo de Trabajo denominado "Mesa de Trabajo para la revisión de los textos escolares de los niveles inicial, primaria y secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2019-MINEDU Lima, 16 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Constitución Política del Perú señala que la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo; Que, el artículo 4 del Decreto Ley Nº 25762, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación dispone que dicha entidad formula las políticas nacionales en materia de educación, cultura, deporte y recreación, en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado; supervisa y evalúa su cumplimiento y formula los planes y programas en materias de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, se establecen los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora; Que, el artículo 4 de la Ley General de Educación establece que la educación es un servicio público; cuando lo provee el Estado es gratuita en todos sus niveles y modalidades, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política y en la presente ley. En la educación inicial y primaria se complementa obligatoriamente con programas de alimentación, salud y entrega de materiales educativos; Que, el artículo 8 de la Ley General de Educación, dispone que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo y se sustenta en los principios de: a) La ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las

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