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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (18/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2019 / El Peruano de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, la difusión del contenido del Documento Técnico que se aprueba mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, a las instancias correspondientes de los tres niveles de gobierno. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1761735-2 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan delegado titular del Ministerio ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2019-TR Lima, 16 de abril de 2019VISTO: El Informe N° 958-2019-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 10674 y su modi fi catoria, establece como una función del Estado, la protección y asistencia de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de lotería en el territorio de la República; Que, mediante el Decreto Supremo N° 300-68-HC y su modi fi catoria, se crea como persona jurídica, autónoma de Derecho Público Interno, la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674”, para el cumplimiento de los fi nes señalados en la citada norma; Que, el artículo 4 del Estatuto de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674”, aprobado por Decreto Supremo N° 0004-TR, establece que la Dirección de Administración de la Caja se ejercerá mediante la Junta Directiva, integrada entre otros, por un delegado del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 061-2019-TR se designa a la señora ANA RITA GAURET NOVOA, asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como delegada titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías; Que, por convenir al servicio, resulta necesario dejar sin efecto la referida designación y designar al/a la nuevo/a delegado/a titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DESIGNAR al señor JORGE FELIX RENGIFO HERRERA, asesor del Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como delegado titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Junta Directiva de la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 061-2019-TR. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución ministerial a la “Caja de Protección y Asistencia Social Ley N° 10674” de los expendedores callejeros de diarios, revistas y billetes de loterías para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1761956-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa TELECOMUNICACIONES NORTE M & W S.A.C., Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en el área que comprende todo el territorio del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2019 MTC/01.03 Lima, 15 de abril de 2019VISTA, la solicitud presentada con escrito de registro N° T-018377-2019 por la empresa TELECOMUNICACIONES NORTE M & W S.A.C., sobre otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, señala “Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector”; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que “Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasi fi cación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión”. Asimismo, indica que “El Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento”;