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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (18/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2019 / El Peruano De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1195, Ley General de Acuicultura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de la Ley General de Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE”, así como de la correspondiente Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de diez (10) días calendario, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Mecanismos de participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidos a la sede del Ministerio de la Producción con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro, o a la dirección electrónica: DGPARPA@produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1762044-1 RECTIFICACIÓN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2019-PRODUCE Se recti fi ca la sumilla de la Resolución Ministerial Nº 136-2019-PRODUCE, publicada en la edición del 9 de abril de 2019, la cual queda redactada en los términos siguientes: Eliminación y simpli fi cación de requisitos de procedimientos administrativos a cargo del Ministerio de la Producción en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 046-2019-PCM 1762045-1 SALUD Modifican la Directiva Administrativa N° 253-MINSA/2018/DGOS, aprobada por R.M. N° 1311-2018/MINSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2019/MINSA Lima, 16 de abril del 2019Visto, el Expediente N° 19-030834-001, que contiene el Memorándum N° 639- 2019-DGOS/MINSA emitido por la Dirección General de Operaciones en Salud y el Informe N° 001-2019-GTCG; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 022-2018-SA, que establece los criterios para las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir en el año 2018, para percibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, se aprobó a través de la Resolución Ministerial N° 1311-2018/MINSA, la Directiva Administrativa N° 253-MINSA/2018/DGOS “Directiva Administrativa que regula los aspectos metodológicos para la evaluación del cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de servicios de salud, alcanzados en el periodo 2018, para la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153”; Que, el artículo 15 del mencionado Decreto Legislativo, dispone que la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, consiste en la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Gobiernos Regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios; Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Operaciones en Salud, propone la modi fi cación de la Directiva Administrativa N° 253-MINSA/2018/DGOS, a fi n que los pesos ponderados y demás características técnicas contenidas en las fi chas técnicas de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de la citada Directiva Administrativa, se adecúen a las prioridades sanitarias regionales e institucionales; Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la modi fi cación de la Directiva Administrativa antes mencionada; Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud; del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Dirección General de Personal de la Salud, del Director General de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de la salud al servicio del Estado, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; y el Decreto Supremo N° 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por el Decreto Supremo N° 011-2017-SA y el Decreto Supremo N° 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 5.3.2.10, de la Directiva Administrativa N° 253-MINSA/2018/DGOS, aprobada por Resolución Ministerial N° 1311-2018/MINSA, en los siguientes términos: “Al término del periodo de negociación, la DGOS, en representación del MINSA, y las DIRESA/GERESA, DIRIS, INEN, Hospitales e Institutos Especializados de Lima Metropolitana aprueban el anexo del Convenio de Gestión en el cual se encuentra el acuerdo fi nal de los logros esperados y los valores umbrales para las MI, ID y CM según cada institución. Asimismo, los pesos ponderados y características contenidas en las fi chas técnicas de las MI, ID y CM, que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Directiva Administrativa, podrán ser adaptados considerando las aportaciones de la DIRESA/GERESA, redes, direcciones de redes integradas de salud, hospitales e institutos, y en concordancia con las realidades sanitarias regionales e institucionales,