Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2019 (18/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 18 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", en adelante la Directiva, que establece, entre otros, lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en adelante CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la Directiva, establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo Nº 4 de la Directiva; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo Nº 4 de la Directiva, establecen que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, y su aprobación por las entidades del Gobierno Nacional se realiza mediante Resolución Ministerial; Que, con Oficio N° 291-2019-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, remite el Informe Técnico N° 034-2019-SERVIR/ GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, mediante el cual emite opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO, conforme a los lineamientos establecidos en el Anexo N° 4 de la Directiva; Que, mediante Memorándum Nº 258-2019-MTC/11 la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sustentado en el Informe N° 062-2019-MTC/11.01, propone la aprobación del CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO, conforme a la opinión favorable emitida por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR; Que, con Memorándum N° 797-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 037-2019-MTC/09.05 de la Oficina de Modernización, por el cual emite opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO y adjunta el proyecto de Resolución Ministerial para la aprobación del mencionado documento de gestión; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 145-2019MTC/01; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 144-2008-MTC/02, y sus modificatorias, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Proyecto

Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www. gob.pe/mtc) y en el Portal Institucional del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO (www.proviasdes.gob. pe), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial" El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1762025-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas Municipalidades para la ejecución de actividades en el marco del Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 053-2019-DV-PE Lima, 17 de abril de 2019 VISTO: El Memorando N° 000027-2019-DV-GG-PP, mediante el cual el Responsable Técnico del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo N° 01 que detalla los Proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite v) del inciso a) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere

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