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46 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2019 / El Peruano los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informes N° 00030-2019-DV-DAT y N° 00040-2019-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de Proyectos que serán fi nanciados con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, los mismos que cuentan con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2019, DEVIDA suscribió Adendas con d iversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos hasta por la suma de DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 2’217,470.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestal N° 00541 y 0666, entendiéndose que estos documentos forman parte de los Informes Previos Favorables N° 00026-2019-DV-OPP-UPTO y N° 00036-2019-DV-OPP-UPTO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad de los Planes Operativos de los Proyectos; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada Ley, las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de los Proyectos detallados en el anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los POAs aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS” y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina General de Administración y O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES (S/ 2’217,470.00), para fi nanciar los Proyectos a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2019 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, sólo destinarán los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de los Proyectos descritos en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución al Responsable Técnico del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” N°ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DEL PROYECTODesembolso Hasta S/TOTAL POR TRANSFERIR 1° Desembolso 2° Desembolso S/ 1Municipalidad Distrital de PólvoraMejoramiento de capacidades para el manejo integral del cultivo de cacao en el Distrito de Pólvora - Tocache - San Martin649,447 649,447 2Municipalidad Provincial de Huallaga Recuperación de los servicios ambientales de suelos degradados por el cultivo de coca en la Cuenca del Rio Saposoa, Saposoa, Provincia de Huallaga - San Martin1’568,023 1’568,023 TOTAL 2’217,470 2’217,470 1761947-1 Designan Coordinador I de la Oficina Zonal de San Francisco de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 055-2019-DV-PE Lima, 17 de abril de 2019VISTOS:El Memorando Nº 000168-2019-DV-OZSFCO, del 14 de abril de 2019, y el Proveído Nº 06320-2019-DV-DATE, del 16 de abril de 2019; y,CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 824, y sus modi fi catorias, se declara de interés nacional la lucha contra el consumo de drogas en todo el territorio y se constituye a DEVIDA como ente rector encargado de diseñar, coordinar y ejecutar de manera integral las acciones de prevención contra el consumo de drogas, estableciéndose su naturaleza jurídica y funciones; Que, por medio del Decreto Supremo N° 047-2014- PCM, publicado el 05 de julio de 2014, se aprobó el