Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de abril de 2019 /

El Peruano

Municipalidad Distrital dentro del período de exhibición. La Municipalidad Distrital realizará la consolidación de las opiniones vecinales recibidas. 9.4.3 La Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad, realizará la evaluación de la petición de cambio de zonificación, la misma que será elevada al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde se expresará la opinión sustentada respecto de lo solicitado. La opinión emitida por la Municipalidad Distrital no tiene carácter vinculante. 9.4.4 El resultado de la evaluación efectuada por parte de la Municipalidad Distrital, será comunicado a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, adjuntado la documentación que sea pertinente, dentro del plazo máximo de treinta (30) días señalado en literal 9.4. 9.4.5 Si la Municipalidad Distrital no comunica su pronunciamiento, dentro del plazo señalado en el literal que antecede, se considerará como una opinión favorable; pudiendo la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas continuar con el procedimiento regulado en la presente Ordenanza." Que, mediante DS N° 210282-2019 del 07.03.2019, que contiene el Oficio N° 308-2019-MML-GDU-SPHU, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite la solicitud de cambio de zonificación de Vivienda Taller ­ VT a Comercio Zonal ­ CZ, para el predio con frente al Jr. Franklin Roosevelt N° 266-270 en la Urbanización Cercado, distrito de Santiago de Surco, con un área de 426.47 m2; Que, mediante Memorándum N° 479-2019-GPVMSS del 22.03.2018 ampliado con el Memorándum N° 589-2019-GPV-MSS del 03.04.2019, la Gerencia de Participación Vecinal remite la encuesta vecinal realizada a los vecinos residentes del alrededor del precitado predio, siendo el resultado el siguiente: Favorable 19.23 % Desfavorable 12.62 %, No se encontró 55.12 %, No opina 12.82 %, Total 100 % de 78 encuestados; Que, con Memorándum N° 135-2019-SGTRA-GSEGCMSS del 03.04.2019 la Subgerencia de Tránsito, remite el Informe N° 23-2019-NDVD-SGTRAN-GSEGC-MSS, del 01.04.2019, indicando que la información recabada en el campo, el flujo vehicular del Jr. Franklin Roosevelt, está compuesta por 89.36 % de transporte privado, 9.06 % de transporte público y 1.58 % de transporte pesado, de lo que se concluye que el flujo vehicular de las vías de influencia directa e indirecta al área de terreno en evaluación presentan alto flujo vehicular, evidenciándose conflictos vehiculares y demoras de tiempo de viaje; Que, mediante Informe N° 155-2019-SGPUC-GDUMSS del 08.04.2019, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, adjuntando el Informe Técnico N° 0132019-JVUM del 04.03.2019, concluye que la propuesta de cambio de zonificación correspondiente al predio en mención, con un área de 426.47 m2 con frente al Jr. Franklin Roosevelt N° 266-270, Urbanización Cercado , distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de propiedad de MARÍA DEL ROCIO LOCKETT ZAMALLOA, con Zonificación Vivienda Taller (VT) a Zonificación Comercio Zonal (CZ), el cual resulta desfavorable, por cuanto la petición de cambio de zonificación propuesta, no es de uso compatible a la zonificación existente en el predio en consulta, de conformidad con los predios del entorno colindante con frente al Jr. Franklin Roosevelt; Que, a través del Informe N° 070-2019-GDU-MSS del 09.04.2019 la Gerencia de Desarrollo Urbano hace suyo el Informe N° 155-2019-SGPUC-GDU-MSS del 08.04.2019 de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, dando conformidad al mismo; Que, con Informe N° 343-2019-GAJ-MSS del 30.04.2019 la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que la solicitud de cambio de zonificación presentada con el DS N° 210282-2019, ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el Artículo 9° de la Ordenanza N° 2086-MML, el cual es desfavorable, conforme a la documentación emitida por la Gerencia de Desarrollo Urbano, debiendo elevarse los actuados al Concejo Municipal, a fin de que se emita el Acuerdo de Concejo respectivo y posteriormente se remita a la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Estando al Dictamen Nº 08-2019-CDU-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Asuntos Jurídicos, al Informe N° 343-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º numeral 8), 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE la petición de cambio de zonificación del predio ubicado con frente al Jr. Franklin Roosevelt N° 266-270, Urbanización Cercado, distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, con un área de 426.47 m2, con zonificación Vivienda Taller (VT) a Comercio Zonal (CZ) de conformidad con lo regulado en la Ordenanza N° 2086 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Desarrollo Urbano la elevación de los actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Secretaría General. POR TANTO: Mando se Registre, publique, comunique y cumpla. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1763015-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
Ordenanza que convoca y reglamenta el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito
ORDENANZA Nº 004-2019-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 15 de abril del 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nª 0072019, celebrada en la fecha, el Proveído Nº 209-2019 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 030 y 035-2019-SGPOPMI/MDCLR/MDCLR, de fecha 05 abril del 2019, de la Sub. Gerencia de Planificación y Oficina de Programación e Inversiones, Informe Nº 144-2019-GAJ/MDCLR, de la Gerencia de Asesoría Jurídica adjuntando el proyecto de Ordenanza que aprueba dar inicio a los Procesos de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ejercicio Fiscal 2020, así como la aprobación del Reglamento para la implementación del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso para el ejercicio 2020. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confiere el artículo 194º de la Constitución Política del Perú;

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