Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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REGULAR DE MANERA EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN, VISACIÓN DE PLANOS Y MEMORIA DESCRIPTIVA, PARA LOS SERVICIOS BÁSICOS" TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ALCANCE Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el Procedimiento de otorgamiento de VISACIÓN DE PLANOS PARA SERVICIOS BASICOS Y CONSTANCIAS DE POSESIÓN PARA SERVICIOS BASICOS, cuyo objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de baja calidad de vida, que forman parte de la jurisdicción del distrito de Pachacamac a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en posesiones informales. Artículo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: a. La Constitución Política del Perú, artículos 7º-A, 194º y 195º. b. Código Civil ­ Decreto Legislativo Nº 295 c. Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades d. Ley Nº 30556 ­ Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con cambios. e. Ley Nº 29869 - Ley de Reasentamiento Poblacional f. Ley Nº 30645.- Ley que modifica la Ley 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable g. Ley N 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal h. Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA Reglamento de la Ley Nº 28687. i. Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA. Aprueban Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687. j. Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2008-SUNASS-CD k. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastre (SINAGERD) l. Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS­ Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. m. Acuerdo de Concejo Nº040 ­2011-MDP/C de la Municipalidad de Pachacamac. Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. Son sujetos de la presente Ordenanza los poseedores informales de predios ubicados en Asentamientos Humanos, Organizaciones Sociales, Pueblos Jóvenes, Asociaciones y Cooperativas de Vivienda, que se encuentran en proceso de formalización del distrito de Pachacamac y que a la fecha por la imposibilidad de acceso a la formalización, no cuentan con dotación de Servicios Básicos; conforme a lo indicado en la Ley Nº 28687 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA; y que cumplan con las condiciones establecidas en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Para la presente Ordenanza se aplicarán las siguientes definiciones: 1. Posesionario. - Es la Persona Natural, que ocupa un predio o lote de terreno de forma pública y pacífica, siendo que tal predio o lote no cuenta con los servicios básicos de luz, agua y desagüe. 2. Constancia. - Constancia de Posesión Especial Exclusiva para Servicios Básicos, otorgada por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza.

3. Municipalidad. - La Municipalidad Distrital de Pachacamac. 4. Administrado. - Toda persona natural, persona jurídica, sociedad conyugal de derecho o hecho que formula solicitud de Constancia de Posesión Especial. 5. Plano de Ubicación. - Plano a escala adecuada para una correcta percepción del predio, se presenta ante la Municipalidad Distrital de Pachacamac. 6. Visación de Planos. - Visación de Planos Especial, de planos referenciales de Vías y Trazado, Exclusiva para Servicios Básicos, otorgada por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. 7. Organización Vecinal. - Es el órgano que asume la representación de un número indeterminado de posesionarios a efectos de tramitar los Planos de Ubicación y Lotización para trámite de Constancia de Posesión. La Organización deberá contar con el reconocimiento de la Sub Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Pachacamac. CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA Artículo 5º.- La Sub Gerencia de Participación Vecinal deberá proceder al reconocimiento de la Organización Vecinal, conforme a sus funciones y atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de esta Municipalidad, y su posterior inscripción en el Registro Único de Organizaciones Sociales ­ RUOS. Artículo 6º. - La Sub Gerencia de Riesgo de Desastres evaluara las solicitudes que le sean remitidas por La Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas para que de acuerdo a su competencia emitan pronunciamiento sobre los riesgos existentes de conformidad con las normas que regulan el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y otras conexas. Artículo 7º.- La Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas es el área competente de la Municipalidad Distrital de Pachacamac para evaluar y emitir la respectiva Constancia de Posesión Especial y Visación de Planos para los servicios básicos y éste es remitido a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural para su Visado y que emita un acto administrativo con respecto a la aprobación y/o desaprobación. TÍTULO SEGUNDO DEL PROCEDIMIENTO Y REQUISITOS Artículo 8º.- El administrado debe presentar ante la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Pachacamac los siguientes documentos: CONSTANCIA DE POSESION ESPECIAL (Exclusivo para dotación de Servicios Básicos). - Formato de solicitud dirigida al Alcalde con atención a la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas. - Constancia de vivencia otorgada por la Junta Directiva Vigente a la fecha de presentación de su expediente o en su defecto constatación domiciliaria notarial emitida por Notario Público de Lima o constatación policial de vivienda o documento de fecha cierta que acredite la trasferencia de posesión del anterior poseedor, que acredite indubitablemente la posesión actual. - Resolución de Reconocimiento de la Junta Directiva Vigente en el RUOS de la Municipalidad de Pachacamac. - Acta de Vecinos colindantes que den fe de la posesión del solicitante - Documento con carácter de Declaración Jurada bajo responsabilidad y sanción de nulidad que deberá otorgar el solicitante indicando que sobre el bien materia del trámite no existe conflicto de ninguna índole sea Judicial o extrajudicial u otro que perturbe la posesión pacífica. - Copia del Plano Visado para servicios básicos. - Pago por derecho a trámite y verificación municipal. (*)

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