Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 15
El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019
NORMAS LEGALES
15
FORMULARIO FP01DGIA
CALIFICACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS CULTURALES NO DEPORTIVOS
FUNCIONARIO QUE APRUEBA EL TRÁMITE
DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES Y ARTES Y/O DIRECTORES DE LAS DIRECCIONES DESCONCENTRADAS DE CULTURA
I. DATOS DEL SOLICITANTE
PERSONA NATURAL
PERSONA JURÍDICA
APELLIDOS Y NOMBRES O RAZÓN SOCIAL
DOMICILIO LEGAL (AV. / CALLE / JIRÓN / PSJE. / Nº / DPTO. / MZ. / LOTE / URB. )
DISTRITO
PROVINCIA
DEPARTAMENTO
DNI
CARNET DE EXTRANJERÍA
NO SE ACEPTAN BORRONES NI ENMENDADURAS
Nº de RUC
Nº de PARTIDA REGISTRAL
FORMULARIO GRATUITO
TELÉFONO / FAX
CELULAR
CORREO ELECTRÓNICO (E-MAIL)
REPRESENTANTE LEGAL (APELLIDOS Y NOMBRES)
DOMICILIO REPRESENTANTE LEGAL (AV. / CALLE / JIRON / PSJE / Nº / DPTO / MZA / LOTE / URB )
II. DATOS DEL ESPECTÁCULO
a) Título o nombre del espectáculo:
b) Fecha/s del espectáculo:
c) Lugar en que se realizará el espectáculo:
d) Fecha y número de constancia de pago por derecho de trámite:
III. DOCUMENTACIÓN QUE ADJUNTA: (en concordancia a lo establecido en el TUPA)
Descripción y Programa del espectáculo: Sinopsis y/o características principales; además de estructura de la presentación, así como cualquier otra información sobre la misma que se considere pertinente. Tarifario de entradas al espectáculo: Lista detallada de la zonificación del espectáculo, detallando que contiene el aforo; así como, y el valor total de las entradas puestas a la venta, que incluye la comisión de la empresa que comercializa las entradas, y el número de entradas de acceso popular.
IV. DECLARACIÓN JURADA
DECLARO BAJO JURAMENTO QUE LOS DATOS SEÑALADOS EXPRESAN LA VERDAD
APELLIDOS Y NOMBRES
FIRMA DEL SOLICITANTE / REPRESENTANTE LEGAL
Asimismo, autorizo que todo acto administrativo derivado del presente procedimiento, se me notifique en el correo electrónico (E-mail) consignado en el presente formulario. (D.S. N° 004-2019-JUS, TUO de la Ley N° 27444, numeral 20.4 del artículo 20°) ACLARACIÓN SOBRE FALSEDAD DE LA INFORMACIÓN DECLARADA
SI
NO
Ley N° 27444 (numeral 32.3 del artículo 32°) "En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el administrado, la entidad considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la autoridad jerárquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento; imponga a quien haya empleado esa declaración, información o documento una multa en favor de la entidad entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y además, si la conducta se adecúa a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos Contra la Fe Pública del Código Penal, ésta deberá ser comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente."
SÍRVASE COMPLETAR CON LETRA LEGIBLE