Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019
Beneficio: directo o indirecto obtenido por el infractor por los actos que produjeron la infracción. - Dolo: Cuando existe conocimiento y Factor D: voluntad de afectar el bien integrante Intencionalidad del patrimonio cultural de la Nación. en la conducta - Negligencia: Descuido, falta de dilidel infractor gencia o impericia Factor C: Beneficio FÓRMULA Suma de Factores A+B+C+D= X%

NORMAS LEGALES
Hasta 10 %

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Hasta 15% (según sea el caso) % de la escala de multa correspondiente, expresado en UIT

2. Obtenido el monto total de la multa expresada en UIT, corresponde considerar adicionalmente, si el administrado ha reconocido su responsabilidad de forma expresa y por escrito. En este caso se debe reducir el monto de la multa al 50 % de su valor inicial.
Factor E: Cuando el administrado reconoce su responsabilAtenuante idad de forma expresa y por escrito. MONTO DE LA MULTA - 50 % Monto expresado en UIT ­ Factor E

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 171-2018MC de fecha 8 de mayo de 2018, se designó al señor Luis Carlos Nieto Degregori, en el cargo de confianza de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura, y Jefe de la Unidad Ejecutora 002: MCCusco del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el citado servidor ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la misma que corresponde aceptar, así como designar a quien asumirá el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Luis Carlos Nieto Degregori al cargo de confianza de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura, y Jefe de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco del Pliego 003: Ministerio de Cultura; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Fredy Domingo Escobar Zamalloa en el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura, y Jefe de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1763315-1

3. Finalmente, se consideran otras atenuantes -de ser el caso- restando el porcentaje propuesto en el cuadro adjunto. Con este procedimiento se ha de obtener el monto final de la multa.
Factor F: Cese de infracción - Cumplimiento inmediato de medidas dispuestas por el Ministerio de Cultura para el cese de la infracción, efectuadas con Hasta 10 % posterioridad a la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador. MONTO DE LA MULTA Monto expresado en UIT Factor F - 50 % Monto expresado en UIT - Factor G

FÓRMULA

Factor G:

- Tratarse de un pueblo indígena u originario. MONTO DE LA MULTA

Aprueban el "Plan de Seguridad de la Sede Central del Ministerio de Cultura 2019 2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 168-2019-MC Lima, 24 de abril de 2019

ESCALAS DE MULTAS SEGÚN GRADO DE VALORACION Y GRADUALIDAD DE LA AFECTACION
GRADO DE VALORACIÓN EXCEPCIONAL GRADUALIDAD AFECTACIÓN MUY GRAVE GRAVE LEVE MUY GRAVE RELEVANTE GRAVE LEVE MUY GRAVE SIGNIFICATIVO GRAVE LEVE MULTA Hasta 1000 UIT Hasta 300 UIT Hasta 100 UIT Hasta 500 UIT Hasta 150 UIT Hasta 50 UIT Hasta 100 UIT Hasta 30 UIT Hasta 10 UIT

VISTOS; el Informe N° 000020-2019/ODN/SG/MC y los Memorandos N° 000049-2019/ODN/SG/MC y N° 000092-2019/ODN/SG/MC de la Oficina de Defensa Nacional; el Memorando N° 000245-2019/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2018PCM, se aprueba el nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, que tiene por objeto regular los aspectos técnicos y administrativos referidos a la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE, la Evaluación de las Condiciones de Seguridad en los Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos - ECSE y la Visita de Inspección de Seguridad en Edificaciones - VISE, así como la renovación del Certificado de ITSE; Que, asimismo, el literal w) del artículo 2 de dicho Reglamento, define al Plan de Seguridad como el documento que constituye un instrumento de gestión, que contiene procedimientos específicos destinados a planificar, preparar y organizar las acciones a ser adoptadas frente a una emergencia que se presenta en el Establecimiento Objeto de Inspección, con la finalidad de controlar y reducir los posibles daños a las personas y su patrimonio. Incluye, cuando corresponda, directivas, planos de señalización y rutas de evacuación, organización de brigadas, equipamiento de seguridad, capacitación y entrenamiento del personal; Que, conforme a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de

1763383-6

Designan Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura y Jefe de la Unidad Ejecutora 002: MC-Cusco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 167-2019-MC Lima, 24 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público;

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