Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2019 (04/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de diciembre de 2019 /

El Peruano

- Programa Nacional de Centros Juveniles ­ PRONACEJ. Participan del Grupo de Trabajo, en calidad de invitados, un/a representante del: - Poder Judicial. - Ministerio Público. Los/las integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial ejercen su cargo ad honorem. Artículo 3.- Participación de otras entidades públicas o privadas y/o especialistas El Grupo de Trabajo tiene la facultad de invitar a representantes de entidades públicas o privadas, así como de organizaciones de la sociedad civil, para el cumplimiento de sus actividades. Artículo 4.- Designación de representantes Los/las representantes titulares y alternos/as de las entidades públicas son designados/as ante el Grupo de Trabajo mediante comunicación del titular de su Entidad, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5- Función del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene la función de elaborar como producto específico la propuesta actualizada de la Política Nacional de Prevención y Tratamiento del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quién asume la responsabilidad de coordinar las acciones conducentes a la elaboración de la propuesta. Artículo 7.- Instalación y vigencia El Grupo de Trabajo se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica, y tiene una vigencia de noventa (90) días hábiles posteriores a su instalación, plazo que puede prorrogarse. Artículo 8.- Financiamiento La creación del Grupo de Trabajo se financia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1833120-1

CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que es competencia exclusiva del Poder Ejecutivo diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, señalando como parte de sus funciones planificar, normar, dirigir, ejecutar y evaluar las citadas políticas; correspondiendo a los Ministerios su diseño, ejecución y supervisión, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que conforme a la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene entre sus funciones rectoras, formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia; teniendo como una de sus funciones específicas la de orientar y contribuir con el establecimiento de la política criminal y formular la política penitenciaria del Estado; Que, la Ley N° 29807, crea el Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), encargado de planificar, articular, supervisar y dar seguimiento a la política criminal del Estado; constituyendo una instancia de articulación y coordinación, presidida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que la Dirección General de Asuntos Criminológicos, es el órgano de línea encargado de diseñar, formular y evaluar políticas del Estado en materia criminológica, así como, efectuar el seguimiento a la ejecución de dichas políticas, proponiendo los correctivos correspondientes. Asimismo, establece que dicho órgano tiene a su cargo la Secretaría Técnica del CONAPOC, brindando asistencia técnica y administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 29807, Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal y los artículos 16, 17, 18 y 19 de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0082012-JUS; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2016JUS, se aprueba la Política Nacional Penitenciaria, la cual tiene por objeto racionalizar el ingreso y salida al sistema penitenciario, incrementar la cobertura y calidad del tratamiento diferenciado de la población penitenciaria de régimen cerrado y régimen abierto, así como promover la reinserción social de la población que ha culminado la sanción recibida, a través de una visión sistémica e intervención interinstitucional, multisectorial e intergubernamental en el sistema penitenciario; Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2018PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el mismo que, en el numeral 15.2 de su artículo 15, dispone que la conducción de una política nacional multisectorial se asigna al Ministerio interviniente cuyas competencias y funciones sectoriales presentan mayor consistencia con los objetivos de la política; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, establece que los Ministerios deben recopilar, organizar y analizar las políticas nacionales, estrategias u otros documentos que hagan sus veces, a su cargo o en los que participen, a fin de remitir al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), la lista sectorial de políticas que proponen mantener o, de ser el caso, actualizar; Que, mediante Resolución Ministerial N° 02902019-JUS, se aprueba la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo la rectoría o conducción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la cual se incluye a la Política Nacional Penitenciaria y el Plan Nacional de la Política Penitenciaria 2016-2020; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2017/CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, el CEPLAN aprobó la Guía de Políticas Nacionales, instrumento que desarrolla la metodología para el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales, así como el procedimiento a aplicar para su actualización; siendo que, la decisión de actualizar una política nacional es

Conforman Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal para actualizar la Política Nacional Penitenciaria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0452-2019-JUS Lima, 2 de diciembre de 2019 VISTOS; los Oficios N° 1104-2019-JUS/DGAC y N° 1573-2019-JUS/DGAC, así como el Informe N° 1342019-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe N° 189-2019-JUS/DGACDPC, de la Dirección de Política Criminológica; el Informe N° 315-2019-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y los Informes N° 946-2019-JUS/OGAJ y N° 1011-2019-JUS/ OGAJ y el Oficio N° 996-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

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