Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2019 (04/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 4 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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setiembre de 2019, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, remite el Informe N° 257-2019-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, el cual hace suyo, en el que se comunica que revisado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de los cuatro (04) candidatos propuestos por la Sociedad Civil, se concluye que resultan aptos; quienes fueron evaluados y en razón al puntaje obtenido por los mismos, se concluye que corresponde designar al señor Walter Oswaldo Velásquez Rejas, como Director Titular de la Sociedad Civil ante el directorio de la EPS TACNA S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento y modificatorias, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA y modificatorias, y la Resolución N° 228-2018-VIVIENDA, que aprueba el Procedimiento para la Designación y Vacancia de Directores de las Empresas prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de la EPS TACNA S.A. Designar al señor Walter Oswaldo Velásquez Rejas, como Director Titular, en representación de la Sociedad Civil, en el Directorio de la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A.EPS TACNA S.A., para completar el periodo del ex director, señor Edgar Manuel Acosta Pinto, quien fuera designado mediante Resolución Ministerial N° 380-2018-VIVIENDA, y removido por Resolución Ministerial N° 217-2019-VIVIENDA. Artículo 2.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A.-EPS TACNA S.A., para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1833252-1

Los Informes N° 001719-2019-BNP-GG-OA-ELCP y N° 001733-2019-BNP-GG-OA-ELCP, de fechas 22 y 26 de noviembre de 2019, del Equipo de Trabajo de Logística y Control Patrimonial de la Oficina de Administración; los Memorandos N° 002788-2019-BNPGG-OA y N° 002812-2019-BNP-GG-OA y el Informe N° 000400-2019-BNP-GG-OA, de fechas 22, 27 y 28 de noviembre de 2019, de la Oficina de Administración; el Informe Técnico N° 00115-2019-BNP-GG-OPP-EPCI de fecha 28 de noviembre de 2019, del Equipo de Trabajo de Presupuesto y Cooperación Internacional de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos N° 001418-2019-BNP-GG-OPP y N° 001439-2019-BNPGG-OPP, de fechas 25 y 28 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 000340-2019-BNP-GG-OAJ de fecha 02 de diciembre de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, a través de la Resolución Directoral Nacional N° 207-2018-BNP de fecha 26 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año fiscal 2019 del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control establece, entre otros aspectos, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego; así como, del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o el que haga que sus veces en el pliego; Que, asimismo, el artículo 20 de la referida Ley dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de octubre de 2019, se aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditorías que sean designadas para realizar labores de control posterior externo, correspondiéndole a la Biblioteca Nacional del Perú el monto total de S/ 179,856.75 (ciento setenta y nueve mil ochocientos cincuenta y seis con 75/100 soles), por el período auditable de los años 2019 y 2020; Que, a través del Oficio N° 000961-2019-CG/SGE recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República comunicó a la Biblioteca Nacional del Perú, el próximo inicio de las convocatorias públicas de méritos para la designación de las sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el Tarifario aprobado para el periodo 2019, por lo que solicitó se realice una transferencia financiera del 50% por concepto de retribución económica, incluido IGV, equivalente a S/ 42,788.50 (cuarenta y dos mil setecientos ochenta y ocho con 50/100 soles), así como el depósito en la cuenta corriente de la Contraloría General de la República del 6% por concepto de derecho de designación o supervisión a la

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 160-2019-BNP Lima, 3 de diciembre de 2019

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