Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2019 (04/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Miércoles 4 de diciembre de 2019 /

El Peruano

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban el "Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi"
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 180-2019-INDECOPI/COD Lima, 29 de noviembre de 2019 VISTOS: El Informe Nº 025-2019/GAF-Sgf, el Memorándum Nº 615-2019/GAF, el Informe Nº 840-2019/GEL, el Informe Nº 101-2019/GEG, el Informe Nº 879-2019/GEL; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias, establece como función del Consejo Directivo planificar y aprobar las políticas institucionales en las materias de competencia del INDECOPI, así como en los asuntos de administración interna; Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modificatorias, establece que el Consejo Directivo es el órgano de máxima jerarquía institucional y tiene a su cargo la dirección y supervisión de las actividades de la institución; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 093-2015INDECOPI/COD, se aprobó el Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento de pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del INDECOPI; Que, mediante el Informe Nº 025-2019/GAF-Sgf, la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad propone la aprobación del nuevo "Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi", el cual cuenta con la conformidad y opinión de viabilidad legal dadas por la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia Legal, respectivamente; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 089-2019, del 25 de noviembre del 2019, ha aprobado el "Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi", encomendando a la Presidencia del Consejo Directivo la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Gerencia Legal, de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Subgerencia de Finanzas y Contabilidad; y, De conformidad con lo dispuesto en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modificatorias; y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales a) y h) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el "Reglamento del Régimen del Beneficio de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Indecopi", que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Derogar la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 093-2015-INDECOPI/COD, que aprobó el Reglamento del Beneficio de Fraccionamiento de pago de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi.

Artículo 3º.- Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y el reglamento aprobado, en el Portal Institucional del Indecopi (www. indecopi.gob.pe) y en la intranet de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1832568-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de noviembre de 2019
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 389-2019-INEI Lima, 2 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos del INEI, ha elaborado el Informe N° 01-11-2019/DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de noviembre 2019, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción; Con las visaciones de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de noviembre de 2019, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación: --------------------------------------------------------------------------ÍNDICE NOVIEMBRE 2019 CÓDIGO --------------------------------------------------------------------------30 505,85 34 522,49 39 459,60 47 619,76 49 316,98 53 826,54 --------------------------------------------------------------------------RegÍstrese y comunÍquese. JOSE GARCIA ZANABRIA Jefe (e) 1833253-1

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