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34 NORMAS LEGALES Viernes 6 de diciembre de 2019 / El Peruano del artículo primero de la Resolución Directoral N° 038-2007-COFOPRI/DE; Que, en el memorándum de vistos, la O fi cina de Coordinación Descentralizada, precisa que se rea fi rma en el sentido de modi fi car lo referido a la ubicación de las o fi cinas zonales en las capitales departamentales, toda vez que limita la posibilidad de establecerse en lugares donde se tenga mayor participación operativa de COFOPRI, y otorga su conformidad a la propuesta de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, uno de los principios contenidos en las normas que regulan la estructura organización y funcionamiento del Estado, es el de “Servicio a la Ciudadanía” contenido en el literal a) del artículo 4 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, que señala: “Las entidades se organizan para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad, para lograr resultados que impacten positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el desarrollo del país”; Que, estando a los argumentos expresados por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Coordinación Descentralizada, sobre la necesidad de modi fi car el contenido de la Resolución Directoral N° 038-2007-COFOPRI/DE, referido a que la sede de las ofi cinas zonales no solo se establezca en la capital del departamento, sino en aquella ciudad que brinde las condiciones necesarias para el proceso de formalización y de catastro; resultando de importancia para la entidad la modi fi cación propuesta, que coadyuvará al cumplimiento de los objetivos institucionales, redundando en bene fi cio de la población; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha opinado favorablemente respecto a la propuesta de modi fi cación de la Resolución Directoral N° 038-2007-COFOPRI/DE, remitiendo el respectivo proyecto de resolución; Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Coordinación Descentralizada, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación Modi fi car los Artículos Primero y Segundo de la Resolución Directoral N° 038-2007-COFOPRI/DE, de fecha 31 de julio de 2007, los mismos que quedan redactado de la siguiente manera: “Artículo Primero.- Sede de los Órganos Desconcentrados Establecer como sede de los Órganos Desconcentrados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI en el territorio nacional, la capital de departamento u otra ciudad que brinde las condiciones necesarias para el proceso de formalización y catastro, con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales, conforme al siguiente detalle: ÓRGANO DESCONCENTRADO SEDE 1. OFICINA ZONAL DE AMAZONAS CHACHAPOYAS 2. OFICINA ZONAL DE ANCASH HUÁRAZ 3. OFICINA ZONAL DE APURÍMAC ABANCAY 4. OFICINA ZONAL DE AREQUIPA AREQUIPA 5. OFICINA ZONAL DE AYACUCHO AYACUCHO 6. OFICINA ZONAL DE CAJAMARCA CAJAMARCA 7. OFICINA ZONAL DE CUSCO CUSCO8. OFICINA ZONAL DE HUANCAVELICA HUANCAVELICA 9. OFICINA ZONAL DE HUÁNUCO HUÁNUCO 10. OFICINA ZONAL DE ICA ICA 11. OFICINA ZONAL DE JUNÍN HUANCAYOÓRGANO DESCONCENTRADO SEDE 12. OFICINA ZONAL DE LA LIBERTAD TRUJILLO13. OFICINA ZONAL DE LAMBAYEQUE CHICLAYO14. OFICINA ZONAL DE LIMA-CALLAO LIMA15. OFICINA ZONAL DE LORETO IQUITOS16. OFICINA ZONAL DE MADRE DE DIOS PUERTO MALDONADO17. OFICINA ZONAL DE MOQUEGUA MOQUEGUA18. OFICINA ZONAL DE PASCO OXAPAMPA19. OFICINA ZONAL DE PIURA PIURA20. OFICINA ZONAL DE PUNO PUNO21. OFICINA ZONAL DE SAN MARTÍN TARAPOTO22. OFICINA ZONAL DE TACNA TACNA23. OFICINA ZONAL DE TUMBES TUMBES 24. OFICINA ZONAL DE UCAYALI PUCALLPA Artículo Segundo.- Establecer que las O fi cinas distintas a las señaladas en el artículo precedente, dependen normativa y funcionalmente de las o fi cinas zonales.” Artículo 2.- Incorporar Incorporar el Artículo Cuarto en la Resolución Directoral N° 038-2007-COFOPRI/DE, de fecha 31 de julio de 2007, conforme al siguiente texto: “Artículo Cuarto.- Modi fi cación de la sede La modi fi cación de la sede de los Órganos Desconcentrados establecida en el Artículo Primero, se aprobará previa emisión de los informes técnicos de las O fi cinas de Coordinación Descentralizada, de Administración y de Planeamiento y Presupuesto, e informe legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica.” Artículo 3.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Institucional de COFOPRI (www.cofopri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CESAR ROBERTO FIGUEREDO MUÑOZ Director Ejecutivo 1834260-1 ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Confirman la R.D. N° 314-2019-OSINFOR- DFFS, que declaró fundado en parte recurso de reconsideración presentado contra la R.D. N° 217-2019-OSINFOR-DFFFS, mediante la cual se sancionó con multa a titular de contrato de concesión para manejo y aprovechamiento de productos forestales diferentes a la madera en el departamento de Madre de Dios TRIBUNAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE OSINFOR RESOLUCIÓN Nº 064-2019-OSINFOR-TFFS-I EXPEDIENTE N° : 023-2019-02-02-OSINFOR/08.2.1PROCEDENCIA : DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE ADMINISTRADA : JUANA RUTH CANO CAPACUELA