Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2019 (17/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Martes 17 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Villa María del Triunfo ­ CAM - MVMT, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental, la implementación del citado Reglamento, así como la remisión del mismo y del presente Decreto de Alcaldía, a los miembros integrantes de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Villa María del Triunfo - CAM-MVMT. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información y Procesos su publicación del texto íntegro del presente Decreto en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo www.munivmt.gob.pe. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 1837408-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA
Aprueban el Reglamento de Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2019-MPSAP San Antonio de Putina, 26 de agosto del 2019. LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de San Antonio de Putina, en Sesión Ordinaria de fecha veintiséis de agosto del Dos mil Diecinueve, tuvo como agenda, el INFORME Nº 502-2019-MPSAP/SGSGA, emitido por la Sub Gerencia de Servicios y Gestión Ambiental, Dictamen Legal Nº 126-2019-AJ-MPSAP/JMCZ, emitido por el Asesor Jurídico de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, habiendo debatido, deliberado y aprobado la emisión y expedición de la presente Ordenanza Municipal Sobre la aprobación del Reglamento de Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación respectiva, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú determina que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, según la Ley Nº 27972 La Ley Orgánica de Municipalidades, asigna a las Municipalidades Provinciales y sus Distritos, funciones de carácter Ambiental, tales como aprobar planes y programas en materia de protección del Medio Ambiente, así como facultades en materia de saneamiento, salubridad y salud para controlar la emisión de elementos contaminantes de la atmosfera y el Ambiente; Que, el artículo 4º de la Ley Nº 29325 ­ Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, señala

que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Ministerio del Ambiente (MINAM) el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional y Local; Que, la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, con el objeto de garantizar las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA, se desarrollen de manera homogénea, eficaz, eficiente, armónica y coordinada, contribuyendo a la mejora de la calidad de vida de las personas y al desarrollo sostenible del país como medio para garantizar el respeto de los derechos vinculados a la protección del ambiente; Que, se según la resolución de Consejo Directivo Nº005-2017-OEFA/CD se aprueba el reglamento de supervisión para la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables aplicable por las autoridades de supervisión. Que, según el INFORME Nº 502-2019-MPSAP/ SGSGA, emitido por la Sub Gerencia de Servicios y Gestión Ambiental, fórmula propuesta el Proyecto de Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, para su aprobación el mismo que consta (05) capítulos, veinticinco (25) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias y una (01) disposición transitoria; Que, mediante el DICTAMEN LEGAL Nº 126-2019-AJMPSAP/JMCZ, emitido por el Asesor Jurídica de la Municipalidad Provincial de San Antonio Putina, por los fundamentos expuestos, DECLARA: PROCEDENTE lo solicitado por el Sub Gerente de Servicio y Gestión Ambiental, referente a la propuesta "Reglamento de Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina"; Estando de conformidad con lo previsto en el Artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto unánime del Concejo Municipal Provincial de San Antonio de Putina, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ANTONIO DE PUTINA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Fiscalización Ambiental de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, que tiene por objeto regular el ejercicio de la función de supervisión ambiental que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Sostenible, a la Subgerencia de Medio Ambiente y Áreas verdes y la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones y demás instancias pertinentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como velar por el estricto cumplimiento de los fines de la misma. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Municipal, la publicación de la presente Ordenanza Regional conforme establece el Artículo 44º de la Ley Nº 27972 y sus modificatorias. Comuníquese a la señorita alcaldesa de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina para su promulgación. En San Antonio de Putina, a los veintiséis días del mes de agosto, del año dos mil diecinueve. POR CUANTO: Mando se publique, se registre y se cumpla. Dado en la sede Central del Gobierno Municipal Provincial de San Antonio de Putina a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. YOLINDA BARRANTES QUENALLATA Alcaldesa 1837538-1

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