Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2019 (17/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Martes 17 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

57

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Disponen publicar la síntesis de la parte resolutiva de resoluciones jefaturales por las que se concluyeron diversos procedimientos administrativos sancionadores contra organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018
RESOLUCION N° 000017-2019-SG/ONPE Lima, 13 de diciembre de 2019 VISTAS: Las Resoluciones Jefaturales N.° 000255-2019-JN/ ONPE; 000257-2019-JN/ONPE; 000259-2019-JN/ONPE; 000268-2019-JN/ONPE; 000269-2019-JN/ONPE y 0002702019-JN/ONPE, mediante la cual la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales emitió la sanción a las Organizaciones Políticas "Solidaridad Nacional"; "Movimiento Político Hechos y No Palabras"; "Unidos por la Región"; "Acción Popular"; "Movimiento Obras por Amazonas" y "Frente Amplio Regional Paisanocuna", respectivamente; por haber incumplido con la presentación de la Información Financiera Anual 2018, conforme a lo previsto en el numeral 34.3 del artículo 34° de la Ley de Organizaciones Políticas ­ LOP. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 0001942019-JN/ONPE, de fecha 10 de octubre de 2019, se autorizó a la Secretaría General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE- a publicar la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos finales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por el incumplimiento de la presentación de la Información Financiera sobre aportes, ingresos y gastos efectuados durante la campaña electoral, así como de la Información Financiera Anual, con la finalidad de informar a la ciudadanía en general, los pronunciamientos de la ONPE, en ejercicio de su función de control y verificación de la actividad económicofinanciera de las organizaciones políticas; Que, con fecha 11 de octubre de 2019, la Secretaría General de ONPE emitió la Resolución N° 000122019-SG/ONPE, mediante la cual estableció los datos que deberá consignar la síntesis de las resoluciones jefaturales a las que se refiere la Resolución Jefatural N° 000194- 2019-JN/ONPE, así como la oportunidad de su publicación; Que, a la fecha, existen un total de seis (6) resoluciones jefaturales que sancionaron en igual número de procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018 y que, en aplicación de la Resolución Jefatural N° 000194-2019-JN/ONPE, corresponde disponer se publique su síntesis, de manera conjunta, según el contenido previsto en la Resolución N° 000012-2019-SG/ ONPE; De conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 16° en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural N° 000246-2019-JN/ONPE; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la publicación de la síntesis de la parte resolutiva de seis (6) resoluciones

jefaturales por las que se concluyeron igual número de procedimientos administrativos sancionadores contra las organizaciones políticas por no cumplir con presentar oportunamente la Información Financiera Anual 2018, conforme al siguiente detalle:
Nombre de la Organización Política SOLIDARIDAD NACIONAL Número de Fecha de la Resolución Jefatural Resolución N.° 000255-2019-JN/ 02/12/2019 ONPE Decisión SANCION SANCION SANCION SANCION Cuantía de la sanción (de ser el caso) 61 UIT 61 UIT 61 UIT 61 UIT Pérdida de Financiamiento 45.75 UIT

MOVIMIENTO N.° 000257-2019-JN/ POLÍTICO HECHOS 05/12/2019 ONPE Y NO PALABRAS UNIDOS POR LA REGIÓN ACCIÓN POPULAR MOVIMIENTO OBRAS POR AMAZONAS FRENTE AMPLIO REGIONAL PAISANOCUNA N.° 000259-2019-JN/ 05/12/2019 ONPE N.° 000268-2019-JN/ 12/12/2019 ONPE

N.° 000269-2019-JN/ 12/12/2019 SANCION ONPE N.° 000270-2019-JN/ 12/12/2019 ONPE SANCION

61 UIT

Artículo Segundo.- Precisar que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www. onpe.gob.pe. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional www. onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (03) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO ARMANDO ALIAGA GASTELUMENDI Secretario General 1837328-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican Plano del Sistema Vial Metropolitano respecto a la incorporación de la Vía Colectora Interconexión Comas San Juan de Lurigancho, en los distritos de Comas y San Juan de Lurigancho
ORDENANZA Nº 2207 Lima, 13 de diciembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el marco de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.