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129 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 El Peruano / y sociales adecuadas y satisfactorias para el Banco, incluso de conformidad con las disposiciones de las Directrices anticorrupción (aplicables a los destinatarios de los préstamos que no sean el Prestatario), (…) (iii) proporcionar, rápidamente cuando sea necesario, los recursos requeridos para ejecutar el Subproyecto; (iv) adquirir los bienes, los servicios no relacionados con Consultoría y los servicios de consultores que se fi nanciarán con los Fondos del Subproyecto, de conformidad con las disposiciones del presente Acuerdo; (…)”; Que, en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, entre otros, autoriza durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos de los citados Programas Nacionales y de las normas que regulan los fondos que estos administran, y con cargo a su presupuesto, con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación; Que, en la precitada norma se autoriza que las transferencias fi nancieras y las subvenciones mencionadas a las que se re fi ere la presente disposición se aprueben mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces. Dicha resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano. La facultad para la aprobación de las subvenciones a que se re fi ere la presente disposición, referidas al ámbito de los mencionados Programas Nacionales, podrá ser delegada en el funcionario a cargo del respectivo Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 057-2019-PRODUCE de fecha 21 de febrero de 2019, se resuelve entre otros, delegar la facultad al Director Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos del citado Programa y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y con la fi nalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; Que, a través del Informe N° 123-2019-PRODUCE- PNIPA-UPP, emitido por la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, se ha establecido la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Acuicultura y Pesca (SEREX, SFOCA, SIA y SIADE) respectivamente derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, respectivamente. Asimismo, señala que ha verifi cado la disponibilidad presupuestal para atender los desembolsos programados para las entidades privadas que ejecutan subproyectos adjudicados en el marco del indicado Concurso, validando los desembolsos, detallando el monto total y por fuente de fi nanciamiento que debe aplicarse en los desembolsos señalados en los cuadros que forman parte del Anexo de la presente resolución; Que, asimismo resulta pertinente señalar que la Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas Ofi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 3) de la Resolución Ministerial N° 057-2019-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo”, prevé que el PNIPA debe informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 396-2016-EF, Contrato de Préstamo N° 8692-PE entre el Gobierno del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF – Banco Mundial, Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE, y Resolución Ministerial N° 057-2019-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar otorgamiento de subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones mediante transferencias de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan en las categorías de: SEREX, SFOCA, SIA y SIADE, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019, respectivamente, señalados en los cuadros del Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, hasta por la suma de S/ 1´959,837.55 (Un millón novecientos cincuenta y nueve mil ochocientos treinta y siete con 55/100), correspondiendo el monto de S/ 1´397,617.88 (Un millón trescientos noventa y siete mil seiscientos diecisiete con 88/100 soles), por fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito (ROOC), y el monto de S/ 562,219.67 (Quinientos sesenta y dos mil doscientos diecinueve con 67/100 soles) por fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados (RDR), destinados a efectuar los desembolsos para los Subproyectos señalados en la parte considerativa de la presente Resolución, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8692-PE y de lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal asignado a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito y de Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias fi nancieras autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se realizan las citadas transferencias fi nancieras, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Asimismo disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, así como a las respectivas O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con el artículo 3) de la Resolución Ministerial N° 057-2019-PRODUCE, relacionado con el “Monitoreo” prevé que el PNIPA deben elaborar la información para cumplir con informar trimestralmente al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Directoral.