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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (31/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 376

TEXTO PAGINA: 134

134 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2019 / El Peruano 206,241.90 (Doscientos seis mil doscientos cuarenta y uno con 90/100 soles), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios–RO, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 56,340.18; S/38,528.00; y, S/ 111,373.72 respectivamente, todos con la fi nalidad de co fi nanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”: para co fi nanciar los desembolsos de i) 01 Pasantía Tecnológica–PT; y, ii) 01 Misión Tecnológica–MT; b) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: para co fi nanciar los desembolsos de i) 02 Proyectos de Innovación para Micro Empresas – PIMEN; y, ii) 10 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; c) Fondo MIPYME para co fi nanciar el desembolso a un (01) Proyecto del Programa de Desarrollo de Proveedores Categoría 2 fase diagnostico–PDPC2D; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo N° 1440–Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales N°s. 317-2014-PRODUCE, 054-2018-PRODUCE y 178-2019-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 206,241.90 (Doscientos seis mil doscientos cuarenta y uno con 90/100 soles), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios–RO, 4. Donaciones y Transferencias y, 5. Recursos Determinados – RD, los montos ascendentes a S/ 56,340.18; S/ 38,528.00; y, S/ 111,373.72, respectivamente; destinados a co fi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM; y, del Fondo MIPYME respectivamente. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíqueseROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora Ejecutiva 1841777-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que autoriza al Ministerio de Defensa a efectuar el pago de cuota a favor de la Asia Pacific Space Cooperation Organization - APSCO DECRETO SUPREMO N° 064-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 20643, se crea la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA) como Institución Pública del Sector Aeronáutica, como persona jurídica de Derecho Público Interno, con autonomía administrativa e integrante del Plan Nacional de Investigación Cientí fi ca y Técnica; Que, el Perú es miembro de la Asia Paci fi c Space Cooperation Organization (APSCO) al haberse suscrito la Convención de APSCO el 28 de octubre de 2005, aprobada mediante la Resolución Legislativa N° 28781 del 12 de julio de 2006, y rati fi cado mediante el Decreto Supremo N° 035-2006-RE del 18 de julio de 2006; Que, mediante la Nota Verbal APSCO/2019/A&F/009 de fecha 14 de marzo de 2019, el Secretario General de la APSCO reitera la deuda pendiente que mantiene el Estado Peruano ante dicha Organización, correspondiente a los años 2016, 2017 y 2018, la misma que asciende a UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 1’275,467.00) equivalentes en moneda nacional al tipo de cambio vigente a CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 4’298,327.00); Que, mediante el O fi cio CONIDA/JEINS N° 730-2019 de 8 de noviembre de 2019, el Jefe Institucional de la Agencia Espacial del Perú-CONIDA solicita al Ministerio de Defensa evaluar la posibilidad de atender o amortizar parte de la deuda existente con los saldos que pudieran dejar las Unidades Ejecutoras del MINDEF, toda vez que CONIDA no cuenta con recursos para su cobertura; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 122- 2019 -DE/VRD de fecha 27 de noviembre del 2019, se autoriza una modi fi cación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego: 026 Ministerio de Defensa – MINDEF, otorgándole a CONIDA UN MILLON DOSCIENTOS MIL y 00/100 Soles (S/. 1’200,000.00) para amortizar parte de la deuda que el Estado Peruano tiene pendiente a APSCO; Que, en el Anexo B: Cuotas internacionales Año Fiscal 2019 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2019, el mismo que considera a la APSCO con un monto de SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRES y 00/100 Soles (S/ 762,003.00), dentro del Pliego Presupuestario del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2019, se pueden modi fi car mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores, previa evaluación y priorización efectuada por dicho Ministerio, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en dicho Anexo. De igual modo, se precisa que las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la citada ley se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el bene fi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo señalado en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Defensa a efectuar el pago