Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2019 (10/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 10 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2°.- La empresa REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C., deberá obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la International Federation of Inspection Agencies­IFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3°.- La empresa REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a esta Dirección General, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Primera renovación o contratación nueva póliza Segunda renovación o contratación nueva póliza Tercera renovación o contratación nueva póliza Cuarta renovación o contratación nueva póliza Quinta renovación o contratación nueva póliza de Fecha Máxima de Presentación 12 de noviembre del 2019

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C., los gastos que origine su publicación. Artículo 8°.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio señalado por la empresa REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C., ubicado en Av. Infancia N° 103, Urb. Anexo Mariano Melgar, distrito de San Miguel, provincia de San Román, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1723907-1

de 12 de noviembre del 2020 de 12 de noviembre del 2021 de 12 de noviembre del 2022 de 12 de noviembre del 2023

Autorizan a Servicios Peruanos S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, en local ubicado en el Distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5609-2018-MTC/15 Lima, 10 de diciembre de 2018 VISTOS: La solicitud registrada mediante Hoja de Ruta Nº E-280046-2018, así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud presentados por la empresa SERVICIOS PERUANOS DE GAS S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante la Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la Directiva señala que el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, mediante escrito registrado con la Hoja de Ruta Nº E-280046-2018 del 11 de octubre de 2018, la empresa SERVICIOS PERUANOS DE GAS S.A.C., en adelante la Empresa, solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en el local ubicado en Av. Tomas Valle Secc. A-1, Lte. UN, parte del Fundo Garagay Bajo, Sector B, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, con la finalidad dep de realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de

En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º de el Reglamento, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C. a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6°.- La empresa REVISIONES TÉCNICAS HÉROES DEL PACIFICO S.A.C. debe presentar a esta Dirección General los siguientes documentos: Documentos Fecha Máxima de Presentación

Relación de equipamiento requerido por el Artículo 34° de el Reglamento Noventa (90) y documentos que sustenten días calendarios la propiedad y/o condición de de otorgada la arrendatario financiero sobre los autorización. mismos. Planos de Ubicación y Distribución Treinta (30) en este último caso con su Memoria días calendarios Descriptiva del local del Centro de de otorgada la Inspección Técnica Vehicular ­ CITV autorización. suscrita por el representante legal. Licencia de Funcionamiento y Noventa (90) Certificado de Compatibilidad de días calendarios Uso emitido por la Municipalidad de otorgada la correspondiente. autorización.

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