Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2019 (16/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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VISTO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de enero de 2019 /

El Peruano

El Informe N° 04-2019-BNP-GG-OA de fecha 09 de enero de 2019, de la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el cargo de confianza de Jefe/a del Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Con el visado de la Oficina de Administración; de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; SE RESUELVE: Artículo Único.- DESIGNAR a MARTHA ELENA SALVATIERRA CHUCHÓN en el cargo de Jefa del Equipo de Trabajo de Conservación de la Dirección de Protección de las Colecciones de la Biblioteca Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA EMMA MANNARELLI CAVAGNARI Jefa Institucional 1731580-2

DESPACHO PRESIDENCIAL
Designan Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN DE SUBSECRETARÍA GENERAL Nº 004-2019-DP/SSG Lima, 15 de enero de 2019 VISTO; el Informe Nº 000021-2019-DP-SSG-ORH, de fecha 11 de enero de 2019, emitido por la Oficina de Recursos Humanos, sobre la designación de la Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 92º de la precitada Ley, señala que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, el cual puede ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; asimismo, señala que la secretaría técnica depende de la oficina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, el artículo 94º del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402014-PCM, dispone que la Secretaría Técnica que presta apoyo a las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario puede estar compuesta por uno o más servidores, quienes pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, siendo designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, el numeral 8.1 del artículo 8º de la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y

Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIRPE, prevé que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario y está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que viene ejerciendo o específicamente para dicho propósito; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, dispone que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, de conformidad con el artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº077-2016-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM, la Subsecretaría General es el órgano de la Alta Dirección responsable de la conducción, coordinación y supervisión de la gestión de los sistemas administrativos, así como de los órganos de administración interna del Despacho Presidencial; además, constituye la más alta autoridad administrativa de la entidad; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Subsecretaría General Nº 011-2018-DP/SSG, de fecha 15 de febrero de 2018, se designó a la señora Valeria Sandra Cárdenas Berdejo como Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial, en adición a sus funciones como Asesora Legal de la Oficina de Recursos Humanos; Que, de acuerdo a la propuesta contenida en el documento del Visto, resulta necesario designar a la servidora civil que ejercerá la función de Secretaria Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Despacho Presidencial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modificado por el Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM; Con los vistos de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, la Oficina de Recursos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conclusión de designación Dar por concluida la designación de la servidora Valeria Sandra Cárdenas Berdejo, en el cargo de Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial, efectuada mediante Resolución de Subsecretaría General Nº 011-2018-DP/SSG, de fecha 15 de febrero de 2018, con efectividad al 15 de enero de 2019. Artículo 2º.- Designación de Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial Desígnese a la servidora Katheryn Rosa Flores Aguirre como Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Despacho Presidencial, en adición a sus funciones, con efectividad a partir del 16 de enero de 2019. Artículo 3º.- Notificación Dispóngase la notificación de la presente Resolución a los interesados y a las instancias correspondientes, para los fines pertinentes. Artículo 4º.- Difusión Encárguese a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en la intranet y en el portal institucional del Despacho Presidencial (www.presidencia.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA AGUIRRE PAJUELO Subsecretaria General Despacho Presidencial 1731947-1

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