Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2019 (16/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de enero de 2019 /

El Peruano

registral de competencia de la Unidad Registral o la Dirección Técnica Registral; Que, el derecho al acceso al expediente en los procedimientos a cargo de la Unidad Registral o de la Dirección Técnica Registral, corresponde a los administrados en los que el eventual pronunciamiento pueda afectarlos, para lo cual debe tomarse en consideración lo previsto en el artículo 169 del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. El derecho al acceso a la información de los demás interesados debe ejercerse en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N°27806. De conformidad con lo dispuesto en los literales d) y t) del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que en las oficinas registrales y en la Sede Central de la Sunarp se permita el uso de dispositivos móviles o celulares (smartphones) para obtener información de los expedientes administrativos a cargo de las Unidades Registrales y de la Dirección Técnica Registral, en el marco de lo señalado en los considerandos de la presente resolución. Artículo Segundo.- PONER en conocimiento de la presente resolución a las jefaturas de las unidades registrales de las zonas registrales y a la Oficina General de Comunicaciones para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución. Regístrese, Comuníquese y publíquese. MARIO ROSARIO GUAYLUPO Director Técnico Registral (e) 1731589-1

de la Corte Superior de Justicia de Sullana solicitó implantar el referido proyecto en dicha Corte Superior; asumiendo ésta los gastos que ocasione el traslado y la estadía del Administrador del Módulo Corporativo Laboral e informáticos de la Corte Superior a la ciudad de Lima, a efecto que sean capacitados y puedan posteriormente replicar las actividades de capacitación, implantación, pase a producción y monitoreo de la referida adecuación. Tercero. Que por Resoluciones Administrativas Nros. 49 y 188-2018-CE-PJ, de fechas 24 de enero y 14 de julio del presente año, se aprobaron los Planes de Actividades para el 2018 del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y del Programa Presupuestal 0099: "Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales", respectivamente; siendo que la actividad de Adecuación del Sistema Integrado Judicial al Módulo Corporativo Laboral, forma parte de ambos planes. Cuarto. Que estando a lo expuesto, resulta pertinente aprobar el Proyecto de Adecuación del Sistema Integrado Judicial al Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Sullana, conforme a la propuesta del señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 851-2018 de la trigésimo setima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Prado Saldarriaga, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban el Proyecto de Adecuación del Sistema Integrado Judicial al Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Sullana
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 326-2018-CE-PJ Lima, 19 de diciembre de 2018 VISTO: El Oficio N° 660-2018-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo solicita la aprobación del Proyecto de Adecuación del Sistema Integrado Judicial al Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Sullana. Segundo. Que mediante el Informe N° 250-2018-STETIINLPT-PJ elaborado por la Secretaría Técnica del mencionado Equipo Técnico, se da cuenta que el Presidente

Artículo Primero.- Aprobar el Proyecto de Adecuación del Sistema Integrado Judicial al Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Sullana. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial asuma los gastos que genere el traslado y la estadía del personal del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo a la Corte Superior de Justicia de Sullana, con motivo de la ejecución del precitado proyecto. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Sullana; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ROBERTO PRADO SALDARRIAGA Presidente 1731800-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Conforman la Segunda Sala de Familia Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima y aprueban otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 045-2019-P-CSJLI/PJ Lima, 15 de enero del 2019

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