Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2019 (18/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 18 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Grupo de Coordinación Interinstitucional de las Naciones Unidas sobre la Acción Contra Minas y el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra, han invitado al Perú a participar en la "XXII Reunión Internacional de Directores de Programas Nacionales de Acción Contra las Minas Antipersonal y Asesores de las Naciones Unidas", que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 5 al 8 de febrero 2019; Que, el citado evento constituye una importante oportunidad para el intercambio de experiencias, así como para el establecimiento de contactos con fuentes cooperantes en apoyo al proceso de destrucción de las minas antipersonal, por lo que se estima necesaria la participación en dicho evento del Subdirector de Acción Contra Minas Antipersonal, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; La Hoja de Trámite (GAC) N.º 51, del Despacho Viceministerial, de 9 de enero de 2019; y los memoranda (DGM) N.º DGM00008/2019, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 4 de enero de 2019, y (OPR) N° OPR00063/2019, de la Oficina de Presupuesto y Planificación del 11 de enero de 2019, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Ricardo Martín Salamanca Castro, Subdirector de Acción Contra Minas Antipersonal, de la Dirección de Seguridad y Defensa, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para participar del 5 al 8 de febrero de 2019, en la "XXII Reunión Internacional de Directores de Programas Nacionales de Acción Contra las Minas Antipersonal y Asesores de las Naciones Unidas". Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje Aéreo Clase Económica 1,650.00 Viáticos por día US$ 540.00 Total Viáticos US$ 2,160.00

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0035/RE-2019 Lima, 17 de enero de 2019 VISTOS: El Informe Técnico (ORH) Nº 004-2018, de la Oficina General de Recursos Humanos, anexo al Memorándum (ORH) Nº ORH01454/2018, del 17 de diciembre del 2018; y el Informe ORM Nº 046-2018, de la Oficina de Racionalización y Métodos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, anexo al Memorándum (OPP) Nº OPP01576/2018, del 18 de diciembre del 2018, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0474/RE2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, posteriormente reordenado a través de la Resolución Ministerial Nº 0020/RE-2018; Que, a través de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", formalizada y actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIRPE y Nº 057-2016-SERVIR-PE, respectivamente, se establecen las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y para la gestión del proceso de Administración de Puestos del Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el subnumeral 7.5 del numeral 7 de la citada Directiva establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponde, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, de acuerdo con el numeral 1.3 del Anexo Nº 4 de la mencionada Directiva, en caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 de dicho Anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; incluyendo el supuesto señalado en numeral 1.3 del mencionado anexo; Que, el segundo párrafo del numeral antes señalado, dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y que podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización o el que haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular; Que, con fecha 26 de julio de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Agricultura y Riego, suscribieron el Convenio Nº 010-2018-MINAGRIDM "Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Agricultura y Riego" cuyo objeto es establecer una relación de colaboración y apoyo mutuo entre ambos sectores que permita, en el marco de sus respectivas

Nombres y Apellidos Ricardo Martín Salamanca Castro

N° de días 4

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1732135-1

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