Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2019 (19/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 19 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2019 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2019-TR Lima, 18 de enero de 2019 VISTOS: El Informe Técnico Nº 004 - 2019-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 102-2019-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes, entre otras; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y modificatoria, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2018TR de fecha 27 de marzo de 2018, se aprueba el Plan Operativo Institucional ­ POI 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 331-2018-TR de fecha 27 de diciembre de 2018, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al año 2019; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD y modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, en su numeral 6.2 señala que luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto y cada Pliego aprueba el PIA, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del POI tengan consistencia con el PIA; Que, en ese sentido, mediante Informe Técnico Nº 004-2019-MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, propone la aprobación de la consistencia del POI 2019 con el PIA 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), elaborado en coordinación con los diferentes órganos, unidades orgánicas y programas de las Unidades Ejecutoras del MTPE; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Viceministerio de Trabajo, de la Secretaría General, de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo

y Promoción del Empleo y modificatoria; el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y modificatoria; y el literal b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y modificado con Decreto Supremo Nº 020-2017-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2019 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, documento que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de las actividades operativas consideradas en el documento aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, efectúa el seguimiento y monitoreo de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 4.- Publicar la presente resolución y el Anexo integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. gob.pe/mtpe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1733324-1

Declaran de interés sectorial la participación y asistencia técnica del Ministerio en las actividades referidas al Centenario de la OIT, y modifican la R.M. N° 185-2018-TR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2019-TR Lima, 18 de enero de 2019 VISTOS: La carta de fecha 24 de julio de 2018 del Director General de la Organización Internacional del Trabajo, el Informe N° 04-2019-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, y el Informe N° 123-2019-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional del Trabajo - OIT es una agencia del Sistema de Naciones Unidas cuya principal misión es promover la justicia social; para ello, tiene como objetivos estratégicos la promoción de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, la creación de oportunidades de acceso a empleos e ingresos decentes, la ampliación de la protección social y el fortalecimiento del tripartismo y el diálogo social; Que, el Estado peruano ha sido elegido para desempeñarse como Presidente del Consejo de Administración de la OIT para el ejercicio 2018 - 2019, siendo relevante esta elección considerando que en el presente año se celebra el centenario de dicha organización; con ello se asume la gran responsabilidad de liderar actividades de nivel nacional e internacional en materia laboral, en cumplimiento con los convenios laborales internacionales ratificados por nuestro país y, a su vez, de gestionar eficaz y eficientemente el citado consejo;

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