Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2019 (19/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 19 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES DE PALOMINO Ministra de Salud 1733327-3

Designan Jefe de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital de Emergencias Pediátricas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2019/MINSA Lima, 18 de enero del 2019 Visto, el expediente Nº 18-134729-001 que contiene el Oficio N° 1286-2018-DG-N° 148-OP-OEA-HEP/MINSA, emitido por el Director de Hospital III (e) de la Dirección General del Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, según la Resolución Jefatural N° 517-2015/IGSS, de fecha 15 de setiembre de 2015, se designó al señor Edgar Tong Aspajo, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital de Emergencias Pediátricas; Que, con el documento de Visto, el Director de Hospital III (e) de la Dirección General del Hospital de Emergencias Pediátricas, solicita dar término a la designación detallada en el considerando precedente, proponiendo designar en su reemplazo al contador público Raúl Fernando Mejía López; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 804-2018/ MINSA, de fecha 4 de setiembre de 2018, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del

Hospital de Emergencias Pediátricas, en el cual el cargo de Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 033) de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración, se encuentra calificado como Directivo Superior de libre designación; Que, a través del Informe Nº 1296-2018-EIE-OARH/ MINSA, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por el Director de Hospital III (e) de la Dirección General del citado Hospital; Con el visado del Director General (e) de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Secretaria General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Edgar Tong Aspajo, al cargo en que fuera designado mediante la Resolución Jefatural Nº 517-2015/IGSS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al contador público Raúl Fernando Mejía López, en el cargo de Jefe de Oficina (CAP-P Nº 033), Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital de Emergencias Pediátricas del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1733318-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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