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10 NORMAS LEGALES Martes 5 de febrero de 2019 / El Peruano Supremo Nº 035-2019-EF en la cuenta recaudadora del fi deicomiso a que se re fi ere el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 30897, por cuenta del fi deicomitente, en cuotas semestrales iguales, en los meses de enero y julio de cada ejercicio presupuestal. (...)” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Dispónese que, en lo concerniente al ejercicio presupuestal 2019, la primera cuota de las transferencias a que se re fi eren los párrafos 2.1 y 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 035-2019-EF se deposita por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta recaudadora del fi deicomiso, dentro de los treinta (30) días hábiles de suscrito el convenio de fi deicomiso a que se re fi ere el párrafo 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 30897, y la segunda cuota se deposita seis (06) meses después de la primera. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1738190-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO N° 041-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, se modi fi ca el artículo 9 de la Ley N° 28822, y establece que la nómina y la obligación de pago correspondiente a los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Sociedad de Bene fi cencia de Lima Metropolitana, están a cargo de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza excepcionalmente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, durante el Año Fiscal 2019, para que con cargo a su presupuesto institucional realice modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para fi nanciar el pago de pensiones de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y Lima Metropolitana; asimismo, se señala que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última; Que, a través del Informe N° 287-2018-MIMP/OGPP- OPR, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que mediante la Resolución Ministerial N° 297-2018-MIMP se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA del Año Fiscal 2019, el mismo que considera los recursos presupuestales para fi nanciar el pago de pensionistas del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia antes indicadas; en virtud de lo cual, con O fi cio N° 001- 2019-MIMP/DM, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por el monto de S/ 11 679 484,00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Septuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 11 679 484,00 (ONCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Locales de Huancayo, Trujillo, Arequipa, Cusco y la Municipalidad Metropolitana de Lima, para fi nanciar el pago de pensiones de los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de las Sociedades de Bene fi cencia de los citados Gobiernos Locales, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones VulnerablesUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Nivel Central ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 11 679 484,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 11 679 484,00 =========== A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.3 Bienes y Servicios 11 679 484,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 11 679 484,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Locales”, que forma parte integrante de este Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano.