Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2019 (09/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Sábado 9 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por los numerales 8 y 9 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, con el VOTO UNÁNIME, del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO DE PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2019 EN EL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- APROBAR el beneficio tributario de Pronto Pago para el ejercicio 2019, a favor de los contribuyentes con predios destinados al uso de casa ­ habitación en el Distrito de La Perla, consistente en descuentos sobre el monto insoluto de la tasa de arbitrios municipales de Barrido de Calles, Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo de 2019, para aquellos que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial hasta el 2019 y los Arbitrios Municipales 2018. Artículo Segundo.- El plazo para acogerse a los beneficios que concede la presente ordenanza vence el día 28 de febrero de 2019, cuya finalidad es disminuir la morosidad de la cartera corriente, buscando la auto sostenibilidad de la economía del Gobierno Local, sincerando el costo de los servicios públicos, premiar al contribuyente puntual e impulsar la conciencia tributaria entre los vecinos distritales. Artículo Tercero.- Los beneficios para el contribuyente, por el pronto pago al contado, serán: 3.1 CASA HABITACIÓN: Si cancela los arbitrios de 12 (doce) meses del año 2019, obtendrá un descuento del 20% del monto insoluto. Si cancela los arbitrios del año 2019 de los primeros 06 (seis) meses del presente año (enero a junio), obtendrá un descuento del 15% del monto insoluto, en ambos casos, previamente deberá estar al día en los pagos de los arbitrios hasta el año 2018. 3.2 COMERCIO (Con un área hasta 50 m2): Si cancela los arbitrios de 12 (doce) meses del año 2019, obtendrá un descuento del 15% del monto insoluto. Si cancela los arbitrios del año 2019 de los primeros 06 (seis) meses del presente año (enero a junio), obtendrá un descuento del 10% del monto insoluto, en ambos casos, previamente deberá estar al día en los pagos de los arbitrios hasta el año 2018. 3.3 COMERCIO (Con un área mayor a 50 m2) Y OTROS USOS: Si cancela los arbitrios de 12 (doce) meses del año 2019, obtendrá un descuento del 10% del monto insoluto. Si cancela los arbitrios del año 2019 de los primeros 06 (seis) meses del presente año (enero a junio), obtendrá un descuento del 5% del monto insoluto, en ambos casos, previamente deberá estar al día en los pagos de los arbitrios hasta el año 2018. Si el contribuyente que cancela el arbitrio anual 2019, a que se refieren los numerales 3.1, 3.2 y 3.3 arriba indicados, obtendrá un descuento adicional del 15% al saldo de los precitados numerales, si acredita previamente la cancelación del Impuesto Predial hasta el ejercicio 2019. En cualquier caso, el contribuyente que quiera acceder al beneficio de pronto pago 2019, podrá cancelar su deuda tributaria de años anteriores por el concepto de arbitrios municipales que se encuentren en vía ordinaria o coactiva, con un descuento de 20% del monto insoluto y la condonación del 100% de los intereses, dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Inafectación La Municipalidad Distrital de La Perla se encuentra inafecta al pago por concepto de: derecho de emisión,

arbitrios de: barrido de calles, residuos sólidos, parques y jardines, y serenazgo que se haya generado hasta el presente ejercicio. Artículo Quinto.- De los pagos efectuados Los contribuyentes que con anterioridad al presente, hayan efectuado pagos al contado o dentro de convenios de fraccionamiento, por deudas tributarias por período comprendidos dentro del presente programa de beneficios, se consideran como válidos y no generaran derechos de devolución, compensación o pago a cuenta alguna; asimismo, los beneficios otorgados en la presente Ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación o transferencias de pagos, ni a los créditos por imputar o a los canjes de bienes y servicios que hayan suido realizadas fuera del plazo de vigencia de la presente ordenanza,. Artículo Sexto.- Para todo vencimientos tributarios serán: efecto legal, los

El Impuesto Predial será cancelado al contado hasta el día 28 de Febrero de 2019. Excepcionalmente, el fraccionarse como sigue:
1er Trimestre ¼ del Impuesto Total

Impuesto

Predial

podrá

28 de febrero 2019

2do Trimestre Con reajuste a su vencimiento 31 de mayo 2019 3er Trimestre 4to Trimestre Con reajuste a su vencimiento 31 de agosto 2019 Con reajuste a su vencimiento 30 de noviembre 2019

b) Los Arbitrios Municipales 2019 de Barrido de Calles, Recojo de Residuo Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo son de periodicidad y vencimiento mensual, conforme al cronograma siguiente: Por el mes de Enero: 28 de Febrero de 2019 Por el mes de Febrero: 28 de Febrero de 2019 Por el mes de Marzo: 31 de Marzo de 2019 Por el mes de Abril: 30 de Abril de 2019 Por el mes de Mayo: 31 de Mayo de 2019 Por el mes de Junio: 30 de Junio de 2019 Por el mes de Julio: 31 de Julio de 2019 Por el mes de Agosto: 31 de Agosto de 2019 Por el mes de Setiembre: 30 de Setiembre de 2019 Por el mes de Octubre: 31 de Octubre de 2019 Por el mes de Noviembre: 30 de Noviembre de 2019 Por el mes de Diciembre: 31 de Diciembre de 2019 Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Sub Gerencia de Comunicaciones, de acuerdo a su competencia, el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", una vez realizada su publicación, disponiéndose su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla (www. munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.pob.pe). Disposiciones Finales Primera.- En caso de pensionistas y adulto mayor aplica para aquellos que se les ha reconocido el beneficio mediante Resolución Gerencial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANÍBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 1739756-1

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