Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2019 (25/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Lunes 25 de febrero de 2019

PROYECTO
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sus requerimientos biológicos vitales y que no le genere lesiones en el cuerpo (ej. abrasiones causadas por las paredes del recinto). Para los camaleones, iguanas, boas y algunas pitones el recinto debe ser más alto que largo y contar con mucha vegetación; caso contrario de lo que sucede con las tortugas, en cuyo caso el recinto debe ser más largo y bajo. Para las especies semiacuáticas, el recinto debe estar diseñado para que la mitad sea agua y la otra mitad sea un área seca. · Debe contar con temperaturas similares a las requeridas por la especie en su medio natural, pudiendo utilizar un sistema de calefacción que permita asegurar una temperatura adecuada. Para el caso de los reptiles, la temperatura corporal debe estar entre los 20 y 35ºC. · Debe contar con condiciones de humedad óptimas de acuerdo con la especie, según provenga de un clima desértico o tropical. Hacer uso de un pulverizador o una bañera para que la humedad aumente, pero sin excesos, pues esto podría provocar problemas como dermatitis. · Debe contar con escondites para que el estrés del espécimen de fauna silvestre disminuya. Considerar materiales para el enriquecimiento del ambiente. · Debe cubrirse el requerimiento de luz ultravioleta mediante el acceso a luz solar directa o, en su defecto, un sistema de focos de luz UV en funcionamiento. Esto beneficia la metabolización del calcio y favorece su desarrollo. La luz UV se debe cambiar pasados los seis (06) meses. 2. Alimentación: Se debe proporcionar agua limpia sin restricción. Asimismo, se debe proporcionar alimento en buen estado de conservación y en cantidad suficiente de acuerdo con la edad y a la actividad del animal. Los anfibios suelen comer presas en movimiento y la alimentación de los reptiles dependerá de si son herbívoros, carnívoros u omnívoros. D. INVERTEBRADOS (grillos, saltamontes, miriápodos, mariposas, orugas, hormigas, tarántulas y escarabajos) 1. Recintos: · Debe contar con terrario o pecera de entre 20 y 40 cm, con agujeros para ventilación que no permita que se escape el espécimen de fauna silvestre. · Debe mantener una temperatura entre 15 y 28ºC, la que se establece de acuerdo con los requerimientos de la especie. · Debe acondicionarse a fin de que refleje el hábitat de la especie (ej. ramas) y contar con un sustrato esterilizado de 2.5 a 8 cm de espesor. · Debe contar con humedad elevada y escondites de refugio. Considerar materiales para el enriquecimiento del ambiente 2. Alimentación: De acuerdo con las especies, ya sea de día o de noche.

2. Datos del espécimen de fauna silvestre Nombre científico: Nombre común Nombre: Fecha de nacimiento: Edad: Procedencia: Tipo de identificación individual: Código de marcado Ubicación: Dirección: Distrito: Provincia: Departamento: Otros24: Sustentado en el Informe Técnico Nº Fecha de emisión:

Firma Nombres, apellidos y cargo de la ARFFS

AUTORIZACIÓN A PERSONAS NATURALES PARA LA TENENCIA DE ESPECÍMENES DE FAUNA SILVESTRE (Parte posterior o página 2)

Foto o foto digital del ejemplar completo de frente

Foto o foto digital de la identificación (anillo, marca, tatuaje, etc.)

Foto o foto digital adicional (opcional)

Huella digital del(la) propietario(a)
Recibí conforme: Firma: ...................................................... Nombres y apellidos: .............................. DNI: ................................. Fecha: .............................

ANEXO Nº 3 FORMATO DE AUTORIZACIÓN A PERSONAS NATURALES PARA LA TENENCIA DE ESPECÍMENES DE FAUNA SILVESTRE (Parte anterior o página 1) LOGO DE LA INSTITUCIÓN AUTORIZACIÓN A PERSONAS NATURALES PARA LA TENENCIA DE ESPECÍMENES DE FAUNA SILVESTRE Nº .............................................23
1. Datos del(la) propietario(a) Nombres: Apellidos:

23 24

Conforme a la metodología para la codificación, aprobada por el SERFOR. Consignar sexo u otro dato que identifique al espécimen de fauna silvestre.

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