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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (27/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de febrero de 2019 / El Peruano que el tratamiento sea realizado en el UC San Diego Health, por ser el que presenta mejor capacidad resolutiva respecto a lo solicitado por el paciente; Que, mediante O fi cio Nº 0064-2019-SALUDPOL/GG, de fecha 25 de enero de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú – SALUDPOL remite a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el expediente administrativo del Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Leopoldo Florentino Padilla Ñacaré, a efectos que se proceda la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente que autorice el viaje a los Estados Unidos de América desde el 10 de marzo al 08 de agosto de 2019, a fi n que se continúe con el tratamiento médico altamente especializado en el UC San Diego Health; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Leopoldo Florentino Padilla Ñacaré, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio Nº 0338-2019-SECEJE-DIRADM- DIVECO-PNP/DEP.PRE, de fecha 30 de enero de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: (...) – Tratamiento Médico Altamente Especializado”; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; Que, en atención al citado marco normativo, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Leopoldo Florentino Padilla Ñacaré, desde el 10 de marzo al 08 de agosto de 2019, al Estado de California – Estados Unidos de América; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Leopoldo Florentino Padilla Ñacaré, desde el 10 de marzo hasta el 08 de agosto de 2019, al Estado de California – Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Total US$Pasajes aéreos 1, 794.00 Compensación Extraordinaria 22, 051.70 Artículo 3º.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada y los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1744243-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2019-IN Lima, 25 de febrero de 2019VISTOS:El O fi cio Nº 0190-2019-COMGEN-PNP/SECEJE/ UTD.OR de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 000448-2019/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 1399-2001-IN/ PNP, de fecha 14 de diciembre de 2001, se dispuso el pase de la situación de actividad a la de retiro del Comandante de la Policía Nacional del Perú Felipe Orlangs Zanabria Gamero, con fecha 01 de enero de 2002; Que, con Acta de Junta Médica Nº 02-2018 DIRSAPOL CH.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA, de fecha 14 de mayo de 2018, la Junta Médica Inter-Sanidades señala que el Comandante de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Felipe Orlangs Zanabria Gamero presenta un diagnóstico de Quiste Hidatídico