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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (27/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de febrero de 2019 El Peruano / Tibia Derecha CIE 10 (B67.9), por lo que determina que el tratamiento quirúrgico debe realizarse en el extranjero debido a la complejidad de dicho tratamiento y por no realizarse en el país; Que, mediante Acta de Junta Médica Nº 38-2018- DIRSAPOL CH.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA, de fecha 16 de octubre de 2018, se recomienda una resección amplia más colocación de una prótesis no convencional de rodilla (mega prótesis) y tratamiento antiparasitario, señalando que el plan adecuado para dicho tipo de tratamiento es el del Hospital Universitario Austral; Que, mediante O fi cio Nº 0010-2019-SALUDPOL/ GG, de fecha 04 de enero de 2019, la Gerencia General de SALUDPOL, comunica a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, la reprogramación de las fechas de tratamiento médico altamente especializado del Comandante de la Policía Nacional en situación de retiro Felipe Orlangs Zanabria Gamero, el cual se llevará a cabo entre el 01 de marzo de 2019 al 01 de julio de 2019, el que se llevará a cabo en el Hospital Universitario Austral, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por lo que solicita tramite la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior del citado bene fi ciario; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Comandante de la Policía Nacional en situación de retiro Felipe Orlangs Zanabria Gamero, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio Nº 0075-2019-SECEJE PNP-DIRADM- DIVECO-PNP/DEP.PRE, de fecha 11 de enero de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: (...) – Tratamiento Médico Altamente Especializado”; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (...)”; Que, en atención al citado marco normativo, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Comandante de la Policía Nacional en situación de retiro Felipe Orlangs Zanabria Gamero, desde el 01 de marzo al 01 de julio de 2019, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Comandante de la Policía Nacional en situación de retiro Felipe Orlangs Zanabria Gamero, desde el 01 de marzo al 01 de julio de 2019, a ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Total US$ Compensación Extraordinaria = 23, 134.17 Artículo 3º.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MORAN SOTO Ministro del Interior 1744243-2 Dan por concluidas designaciones y aceptan renuncias de Subprefectos Provincial y Distritales de las Regiones Apurímac, Ica, Lima, Cusco, Puno y Amazonas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2019-IN-VOI-DGIN Lima, 25 de febrero de 2019VISTO: El Informe Nº 000126-2019/IN/VOI/DGIN/ DAP de fecha 22 de febrero de 2019, de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, que propone la remoción y aceptación de renuncia de diversas autoridades políticas; CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior,