Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Subgerente de Salud de la Municipalidad de Mi Perú. Jefe del Puesto de Salud de Mi Perú Un representante de la Red de Salud de Ventanilla. Subprefecto del Distrito de Mi Perú. Presidente de la Junta de Fiscales Superiores Un representante del Ministerio Público (Fiscalía) Comisario del Distrito de Mi Perú Director de la UGEL Ventanilla Presidente del Comité Local de Salud Un representante de los Agentes Comunitarios de Salud Presidente del Vaso de Leche. Presidente de Comedores Populares. Un representante de PRISMA Subgerente de Saneamiento Ambiental y Limpieza Pública de la Municipalidad de mi Perú.

NORMAS LEGALES
Presidente Vicepresidente Secretaria Técnica Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro Miembro

Jueves 28 de febrero de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 202-2019-MDB/AL Bellavista, 25 de febrero de 2019. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA; VISTO: El Informe N° 001-2019-CEPS de la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección de la Convocatoria CAS N° 001-2019 y la Resolución de Gerencia Municipal N° 004-2019-MDB/GM de fecha 04 de febrero de 2019. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 194° que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía administrativa de la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción de ordenamiento jurídico, conforme lo desarrolla el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 004-2019-MDB/GM de fecha 04 de febrero de 2019, se resuelve conformar la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección de un Ejecutor Coactivo, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios ­ CAS 2019 para la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, con Informe N° 001-2019-CEPS de la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección de fecha 21 de febrero de 2019, manifiestan haber seguido con regularidad el proceso de selección de un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Bellavista, habiéndose presentado 02 postulantes a dicho proceso, el señor José Manuel Anglas Coveñas y el señor Edwin Wilmer Solórzano Maguiña, quedando ambos aptos para la postulación; siendo el ganador con mayor puntaje el señor Edwin Wilmer Solórzano Maguiña, procediendo luego la Comisión Evaluadora a remitir la documentación pertinente para la formalización de la contratación del ganador. Que, el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, que Aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 ­ Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica que el artículo 7°, numeral 7.1), que: "la designación del Ejecutor Coactivo, como la del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos". Asimismo, el numeral 7.2), estipula que: "Tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva"; Que, la norma citada en el párrafo precedente, no establece el régimen laboral ni del Ejecutor, ni del Auxiliar Coactivo, coincidente con la Ley N° 27204 ­ Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza, que solo precisa que los precitados cargos, no son de confianza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan; Que, en mérito al proceso CAS N° 001-2019-MDB/ CEPS, la Comisión Evaluadora del Proceso de Selección, mediante Acta de Resultados, atendiendo a lo establecido en las bases del concurso público, para seleccionar un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Bellavista, se proclamó como ganador al postulante que alcanzó el puntaje más alto en el respectivo proceso de selección, es decir, al Abogado Edwin Wilmer Solórzano Maguiña, identificado con DNI N° 09435967, haciéndose

Artículo Tercero.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidas reglamentarias y complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza Municipal, que contribuyan a la mejora continua de la prestación de servicio de salud pública. Artículo Cuarto.- PROMOVER la corresponsabilidad y participación social de las diferentes organizaciones de base y actores claves en las acciones de información y educación durante el proceso de implementación y desarrollo del programa en mención. Artículo Quinto.- INVOLUCRAR a la sociedad civil organizada, a los Agentes Comunitarios de Salud, organizaciones sociales de bases, grupos juveniles, clubes deportivos, comedores populares, instituciones educativas, sector privado, ONG en las acciones de movilizaciones social y participación comunitaria, en el desarrollo de Municipios y Comunidades Saludables Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Subgerencia de Salud y a todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, www. munimiperu.gob.pe Artículo Octavo.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; disponiéndose además su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, www. munimiperu.gob.pe Artículo Noveno.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del presente dispositivo en el Portal Web de esta Comuna. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y publíquese. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1744925-1

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