Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Jueves 28 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 29° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la administración tributaria; Que, con Memorándum N° 140-2019-MSB-GM de fecha 20 de febrero de 2019 la Gerencia Municipal solicita se realice el acto administrativo requerido a fin de continuar con el trámite respectivo; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de marzo de 2019; el vencimiento del plazo para realizar el pago al contado o fraccionado de la primera cuota del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales 2019, así como para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial 2019. Artículo Segundo.- Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial el Peruano y encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal de Transparencia Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1744945-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Prorrogan el Incentivo por Pronto Pago, el vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2019 y dictan diversas disposiciones
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2019-DA/MDSL San Luis, 27 de febrero de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Legal 132-2019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica que contiene el Proveído N° 131-2019-MDSL-GM de la Gerencia Municipal y el Informe N° 050-2019-MDSL-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; entre otros; sobre la prórroga del vencimiento del pago al contado del Impuesto Predial 2019; así como de la Primera Cuota Predial 2019 para su pago fraccionado plazo de vencimiento de la primera cuota de arbitrios Municipales 2019; y de la Primera y Segunda cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2019; y el Incentivo del Pronto Pago; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N° 30305, "Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes" establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...);

Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que, (...) el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; asimismo el artículo 42° de la norma citada prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 257-MDSL/C publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 30.12.2018, aprobó los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2019, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº449-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo segundo de la Ordenanza N° 267-MDSL/C publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 23.01.2019 que Fija el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago, correspondiente al ejercicio 2019, establece que las fechas de vencimiento de los Tributos Municipales. Por otro lado la Tercera Disposición Final de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar medidas necesarias para su aplicación, así como para disponer la prórroga del plazo de vigencia, de ser el caso; Que, la Gerencia de Administración Tributaria a través del Informe Nº 050 -2019-MDSL-GAT informa que resulta necesario proceder a extender la vigencia del incentivo de pronto pago, el vencimiento del Pago al Contado del Impuesto Predial 2019; así como de la Primera Cuota para el Pago Fraccionado, y de la Primera y Segunda cuota de los Arbitrios Municipales, hasta el 30 de marzo de 2019, a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los vecinos de la jurisdicción. De igual modo, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 132-2019- MDSL-GAJ opina procedente emitir el acto resolutivo; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20, numeral 6 y el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2019 el Incentivo por Pronto Pago. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 30 de marzo de 2019 la fecha de Vencimiento del Pago al Contado del Impuesto Predial 2019, así como de la Primera Cuota del Impuesto Predial 2019 para su Pago Fraccionado; y de la Primera y Segunda cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Administración y Recaudación Tributaria y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munisanluis.gob. pe y el portal electrónico del Estado Peruano: www. peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID RICARDO V. ROJAS MAZA Alcalde 1745178-1

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