Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2019 (07/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Viernes 7 de junio de 2019
AÑO 2010 2009 2008 2007 2006 2005 y Anteriores

NORMAS LEGALES

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PORCENTAJE de DESCUENTO 40% 50% 60% 80%

4. Sanciones Tributarias.- Las Multas Tributarias tendrán en parte una condonación, por el cual los contribuyentes pagarán la suma de S/ 1.00 Sol, por cada multa, condonándose el monto restante, siempre y cuando se cumpla con el pago total del impuesto predial del ejercicio afecto de la multa (año de la multa) y/o cuando no registren deuda en dicho periodo. La Administración tributaria queda facultada para que de oficio se revoque los valores emitidos en los casos que se amerite. 5. Sanciones Administrativas: 5.1. Para multas emitidas en los ejercicios anteriores al año y hasta el 2016. Condonación del 75% de las multas administrativas en general y para el caso de Multas por Licencia de Construcción, se condonará el 50% de la multa impuesta. 5.2. Para multas emitidas en el ejercicio 2017, 2018 y 2019 (hasta las generadas durante la vigencia del presente beneficio). Condonación del 60% de las multas administrativas en general y para el caso de Multas por Licencia de Construcción, condonación del 40% de la multa impuesta. DEL PAGO FRACCIONADO.- En caso que los contribuyentes, deseen efectuar el pago en forma fraccionada, se otorgará un descuento del 50% en los reajustes e intereses moratorios, debiendo ser la cuota inicial no menor al 30% del total de la deuda a fraccionar. DEL PAGO A CUENTA.- En caso que los contribuyentes, deseen efectuar pagos a cuenta en algún ejercicio fiscal, no se les otorgará el descuento del 100% en los reajustes e intereses moratorios; salvo que se cumpla con la cancelación de la deuda anual del Impuesto Predial y/o Arbitrios Municipales correspondientes a un determinado año fiscal. Artículo Sexto: DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Los incentivos establecidos, en los artículos precedentes alcanzarán también a los contribuyentes y administrados que tengan deudas que se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva. Artículo Séptimo: DE LOS FRACCIONAMIENTOS Podrán acogerse al beneficio del fraccionamiento, conforme a los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 196-MVES. Artículo Octavo: DEL DESISTIMIENTO Los contribuyentes que deseen acogerse a esta Ordenanza que mantengan en trámite procedimientos contenciosos y no contenciosos sobre deudas tributarias o administrativas deberán presentar una solicitud de desistimiento por su pretensión. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- SUSPENDER la aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 196-MVES, en el extremo referido al porcentaje de la cuota inicial para acceder al beneficio de fraccionamiento y de cualquier otra disposición que se le oponga, durante la vigencia de la presente ordenanza. Segunda.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y hasta el 30 de Junio del 2019. Tercera.- PRECISAR que la vigencia de la presente Ordenanza no suspende las exigencias contenidas en las órdenes de pago, las resoluciones de determinación,

y los procedimientos de cobranza coactiva, generadas por procesos de fiscalización y/o emisión masiva de las obligaciones tributarias, pudiendo el administrado acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza. Cuarta.- DISPONER que los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán pasibles de devolución y/o compensación. Quinta.- FACULTAR al señor Alcalde para que por Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias que sean necesarias para el debido cumplimiento de la presente norma, así como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma. Sexta.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Oficina General de Administración, Unidad de Imagen Institucional, Unidad de Tesorería, Agencias Municipales y demás dependencias de la Administración Municipal, el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, tomar acciones y/o las medidas técnicas necesarias para su implementación en el Sistema Integrado Municipal. Séptima.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1776555-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican Cuadro de Infracciones y Sanciones del Régimen de Aplicación de Sanciones, aprobado mediante Ordenanza N° 0010-2007-MPC
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2019 Callao, 30 de mayo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 016-2019-MPC-SRCOAD de la Comisión de Administración; el Informe N° 021-2019-MPC-GGDU-GO-SFTG, N° 049-2019-MPCGGDU-GO-AL-CECR y N° 500-2019-MPC-GGDU-GO de la Gerencia General de Desarrollo Urbano y el Memorando N° 469-2019-MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica; en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; con el voto UNANIME de sus miembros, con dispensa y lectura y aprobación del Acta; y CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de gobiernos locales, que gozan de autonomía económica y administrativas en los asuntos de su competencia; quedando a su disposición la emisión de marcos normativos para la regulación correspondiente; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 00102007, se aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones, conteniendo

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