Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2019 (07/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de junio de 2019 /

El Peruano

Que de acuerdo al artículo 6º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que el artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, señala que la presente ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM establece que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que el inciso c) del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM que modifica el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003PCM establece la obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar; Que en el numeral 12 del artículo 46º de la Ordenanza Nº 297-2019/MLV establece que la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones tiene como funciones, entre otras, la de administrar, actualizar y asegurar la información de contenidos del Portal de Transparencia Estándar, Portal de Servicios al Ciudadano y Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 243-2019MLV de fecha 10 de abril de 2019 se designa a la Econ. Yolanda Alcira Vera Huanqui en su calidad de encargada de la Gerencia de Tecnologías de la Información como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar. Que mediante Ordenanza Nº 314/MLV se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional de la Municipalidad Distrital de La Victoria, documento de gestión que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad municipal; Que, en ese sentido mediante Resolución de Alcaldía Nº 366-2019 de fecha 04 de junio de 2019 el Bach. Sandro Iván Rodríguez Romero fue designado como Gerente de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de la corporación municipal; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el numeral 6), artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Bach. Sandro Iván Rodríguez Romero Gerente de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso de la Información y modificatorias. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 243-2019-MLV. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de La Victoria www.munilavictoria.gob.pe; así como oficiar a la Secretaría del Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Aprueban el cronograma de actividades de cada una de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2020
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2019/AL/MDPN Punta Negra, 1 de junio del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: El Informe Nº 220-2019-SGPPYR-GAF/MDPN, de fecha 31 de Mayo del 2019, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, sobre aprobación del Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Punta Negra para el Año Fiscal 2020; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 195º, 197º y 199º, señala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, siendo competentes para, entre otras, aprobar su organización interna y su presupuesto; asimismo, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, además formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley. Que, el artículo 1º, de la Ley Nº 28056, Ley Marco de Presupuesto Participativo, define al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil; para ello, los gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01, determina las fases del Proceso de Presupuesto Participativo. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2019/ MDPN, de fecha 31 de Mayo del 2019, se aprueba el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Punta Negra, el cual establece los mecanismos para su desarrollo, con la finalidad de garantizar la mayor participación de las organizaciones de la sociedad civil y demás actores involucrados en el desarrollo integral del distrito. Que, la Quinta Disposición Complementaria y Final del mencionado Reglamento, dispone que el cronograma del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Punta Negra, será aprobado por cada año fiscal mediante Decreto de Alcaldía. Que, en virtud a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. SE DECRETA:

GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1776331-1

Artículo Primero.- APROBAR, el cronograma de actividades de cada una de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2020,

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