Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2019 (07/06/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 7 de junio de 2019 El Peruano / Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y, Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modi fi catoria, la Resolución Jefatural Nº 015-2019-JNAC/RENIEC (05FEB2019) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 24-2019/JNAC/RENIEC (15FEB2019), a través de la cual se designó a los funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso al público en las jurisdicciones de su competencia, a que se re fi ere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Articulo Segundo.- Designar como funcionarios responsables de proporcionar la información de acceso al público en las jurisdicciones de su competencia, a que se refi ere la Ley de Transferencia y Acceso a la Información Pública, a las siguientes personas: - Sr. Juan Manuel Merino Medina, Jefe de la O fi cina de Administración Documentaria de la Secretaria General, representante en el Departamento de Lima; además de las solicitudes que se reciban en forma virtual a través del aplicativo de Acceso a la Información Pública – AIP. - Sr. Hugo Rospigliosi Troncos, representante de la Jefatura Regional 1 – Piura. - Sr. José Tomas Terrones Arteaga, representante de la Jefatura Regional 2 – Trujillo. - Sr. Manuel Jesús Valdez Andia, representante de la Jefatura Regional 3 – Tarapoto. - Sr. Juan Carlos Wong Ruiz, representante de la Jefatura Regional 4 – Iquitos. - Sra. Lady Mercedes Camones Soriano, representante de la Jefatura Regional 5 – Chimbote. - Sr. Enrique Santiago Fortun De La Cruz, representante de la Jefatura Regional 6 – Huancayo. - Sr. Raúl Reyes Meza, representante de la Jefatura Regional 7 – Ayacucho. - Sra. Jenny Mabel Ramirez Ramírez, representante de la Jefatura Regional 8 – Arequipa. - Sra. Tereza Albina Andrade Fonseca, representante de la Jefatura Regional 9 – Cusco. - Sr. Harry Sucasaca Pacori, representante de la Jefatura Regional 11 – Puno. - Sr. Marco Antonio Garrido Bodero, representante de la Jefatura Regional 12 – Ica. - Sra. Iriani Del Roció Pérez Saldaña; representante de la Jefatura Regional 13 – Pucallpa. - Sra. María del Carmen Cuadros Salas de Goytendia, representante de la Jefatura Regional 14 – Huancavelica. - Sr. Miguel Ángel Villena Mauricio, representante de la Jefatura Regional 15 – Huánuco. - Sr. Lucas Francisco Merino Vigil, representante de la Jefatura Regional 16 – Amazonas. Artículo Tercero.- Designar al Gerente de Imagen Institucional como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General y a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, publíquese y cúmplase.BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1776852-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a CMAC Piura S.A.C. el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas y departamento de Loreto RESOLUCIÓN SBS Nº 2298-2019 Lima, 22 de mayo de 2019EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA:La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS N° 900-2018 de fecha 03 de abril de 2008, se autorizó a CMAC Piura S.A.C incluir en su red operativa la o fi cina principal y siete (7) de las agencias que pertenecían a la ex - CRAC San Martín, entre ellas la agencia ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas y departamento de Loreto; Que, en sesión de Directorio de fecha 29 de abril de 2019, se acordó el cierre temporal de la referida agencia; Que, los motivos expuestos por la Caja para el cierre temporal de urgencia de la referida agencia son atendibles por esta Superintendencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 14° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Superintendencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de O fi cinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; y, Memorándum N° 295-2019-SABM de fecha 17 de mayo de 2019; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C., el cierre temporal de una (01) agencia ubicada en Jr. Monseñor Atanasio Jáuregui N° 300-302, distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas y departamento de Loreto. Regístrese, comuniqúese y publíquese.MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Micro fi nanzas (a.i.) 1776265-1 Autorizan viaje de funcionario a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 2567-2019 Lima, 6 de junio de 2019 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES