Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2019 (13/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Ministerial N° 420-2016/ MINSA, se aprueba el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud, considerando la clasificación actual de los cargos, definidos y aprobados en base a la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; Que, mediante Resolución Jefatural N° 073-2019/SIS, de fecha 3 de mayo de 2019, se designa temporalmente, a partir del 4 de mayo de 2019, bajo el Régimen de Contratación Administrativa de Servicios a la médico cirujano Marisol Roxana Vicuña Olivera en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud, en adición a sus funciones de Gerente Adjunta de la citada Gerencia; Que, mediante Memorando N° 062-2019-SIS/J, de fecha 7 de junio de 2019, la Jefa Institucional del Seguro Integral de Salud propone la designación del médico cirujano Alfredo Farfan Tito en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud; Que, el Informe N° 146-2019-SIS/OGAR-OGRH, de fecha 10 de junio de 2019, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos luego de realizar el análisis técnico de la propuesta realizada por la Jefatura Institucional, señala que "de la revisión de la documentación que se tuvo a la vista la cual sustenta que el profesional propuesto cumple con el perfil para ocupar el cargo de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, se tiene que se cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos"; concluyendo que resulta viable designar bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 al médico cirujano Alfredo Farfan Tito, en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud; Que, asimismo el precitado Informe señala que considera viable dar término a la Designación Temporal de la médico cirujano Marisol Roxana Vicuña Olivera en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud, a partir de la emisión del correspondiente acto resolutivo; Con el visto del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la M.C. MARISOL ROXANA VICUÑA OLIVERA en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud, dispuesta mediante Resolución Jefatural N° 0732019/SIS. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al M.C. ALFREDO FARFAN TITO en el cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a los interesados y a las distintas unidades orgánicas del Seguro Integral de Salud, para conocimiento y fines. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE Jefa del Seguro Integral de Salud 1778711-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Modifican la conformación del Comité de Integridad y Lucha contra la Corrupción del OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 40-2019-OTASS/DE Lima, 12 de junio de 2019 VISTOS: El Memorándum N° 97-2019-GG/OTASS y el Informe N° 135-2019-OAJ/OTASS, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece como finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objeto de alcanzar, entre otros, un Estado Transparente en su gestión; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, en adelante OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa con competencia a nivel nacional; el cual desarrolla su objeto en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2002PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias, define y establece que las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, entre las que considere a la Política en materia Anticorrupción, orientada a fortalecer la lucha contra la corrupción en la licitaciones y adquisiciones del Estado; garantizar la transparencia y rendición de cuentas; promover, a través de sus acciones y comunicaciones, la Ética Pública; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, a través del Decreto Supremo Nº 044-2018PCM, se aprobó el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, estableciendo que las máximas autoridades de las entidades públicas son responsables del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 y adoptarán en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 023-2017-VIVIENDA, se crea la Comisión de Lucha contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento de naturaleza temporal, para el periodo 2017-2021, que tiene como funciones, entre otros, proponer al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento el Plan de Lucha contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento;

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