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100 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2019 / El Peruano el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 3 del artículo 9º del mismo cuerpo legal, establece que corresponde al Concejo Municipal, Aprobar el régimen de su organización interna y del funcionamiento del gobierno local, que juntamente el numeral 32, señala también corresponde aprobar el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad, que dicha aprobación se realizará conforme a lo establecido en el artículo 40, es decir mediante ordenanza, que son normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna. Que, de conformidad a lo establecido en las normatividades vigentes que a continuación se describen, faculta actualizar y modi fi car a los gobiernos Locales, sus documentos de gestión: Constitución Política del Perú, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento D.S. Nº 005-90 PCM, Ley marco ley Nº Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del CPE”, y sus modi fi catorias, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, de fecha 3 de julio del 2002.,Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, de fecha 20 de julio del 2002. Que, el Reglamento de Organización es elaborado en base a la Estructura Orgánica Aprobada, donde se plantea claramente las funciones de cada área, dirección y/o gerencias de la entidad, para que de acuerdo a lo señalado en las normas, el personal debe ser ubicado de acuerdo a su especialidad, conocimiento y experiencia. Que, la Dirección de Plani fi cación y Presupuesto a través del El informe Nº 064–2019–MDT/DPP Dirección de Plani fi cación y Presupuesto de fecha 20 de mayo de 2019 informa y emite la propuesta en coordinación con las áreas, o fi cinas, direcciones y Subgerencias pertinentes y estar acorde con la normativa vigente para su elaboración del Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital de Talavera, a fi n de que dichos documentos de Gestión sean aprobados en Sesión de Concejo, para su puesta en vigencia y aplicación correspondiente. Que , ante los hechos fácticos jurídicos, estando a la normatividad glosada y al opinión legal Nº 56-2019-MDT/DAJ, de fecha 22 de mayo de 2019, emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica, Dictamen Nº 005 -2019-MDT/CAPPRM Comisión de Administración Planeamiento Presupuesto y Rentas Municipales, de fecha 24 de mayo 2019, que la comisión es de opinión favorable visto los informes correspondientes y estando a lo acordado en concordancia al Acuerdo de Concejo Nº 047-2019–MDT donde se aprueba los documentos de gestión administrativa de la Municipalidad Distrital de Talavera. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal se emite lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA DE AÑO 2019 Artículo Primero.- APROBAR, el Organigrama Estructural y Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Talavera en folios 07, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, EL Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Talavera, que contiene Diez Títulos (10) y VIII Capítulos y 158 artículos Disposiciones transitorias, Órganos descentralizados, Relaciones interinstitucionales cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER, el cumplimiento de la presente Ordenanza a todos los órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de Talavera, y publicar en los diarios de mayor circulación y el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase.ABEL MANUEL SERNA HERRERA Alcalde 1783689-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES