Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2019 (29/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de junio de 2019 /

El Peruano

el artículo 2º del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades tienen autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el numeral 3 del artículo 9º del mismo cuerpo legal, establece que corresponde al Concejo Municipal, Aprobar el régimen de su organización interna y del funcionamiento del gobierno local, que juntamente el numeral 32, señala también corresponde aprobar el Cuadro de Asignación de Personal de la entidad, que dicha aprobación se realizará conforme a lo establecido en el artículo 40, es decir mediante ordenanza, que son normas de carácter general y de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna. Que, de conformidad a lo establecido en las normatividades vigentes que a continuación se describen, faculta actualizar y modificar a los gobiernos Locales, sus documentos de gestión: Constitución Política del Perú, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento D.S. Nº 005-90 PCM, Ley marco ley Nº Ley 28175 Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28658 Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del CPE", y sus modificatorias, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, de fecha 3 de julio del 2002.,Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, de fecha 20 de julio del 2002. Que, el Reglamento de Organización es elaborado en base a la Estructura Orgánica Aprobada, donde se plantea claramente las funciones de cada área, dirección y/o gerencias de la entidad, para que de acuerdo a lo señalado en las normas, el personal debe ser ubicado de acuerdo a su especialidad, conocimiento y experiencia. Que, la Dirección de Planificación y Presupuesto a través del El informe Nº 064­2019­MDT/DPP Dirección de Planificación y Presupuesto de fecha 20 de mayo de 2019 informa y emite la propuesta en coordinación con las áreas, oficinas, direcciones y Subgerencias pertinentes y estar acorde con la normativa vigente para su elaboración del Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de Asignación de Personal de la Municipalidad Distrital

de Talavera, a fin de que dichos documentos de Gestión sean aprobados en Sesión de Concejo, para su puesta en vigencia y aplicación correspondiente. Que , ante los hechos fácticos jurídicos, estando a la normatividad glosada y al opinión legal Nº 56-2019MDT/DAJ, de fecha 22 de mayo de 2019, emitido por la Dirección de Asesoría Jurídica, Dictamen Nº 005 -2019MDT/CAPPRM Comisión de Administración Planeamiento Presupuesto y Rentas Municipales, de fecha 24 de mayo 2019, que la comisión es de opinión favorable visto los informes correspondientes y estando a lo acordado en concordancia al Acuerdo de Concejo Nº 047-2019­ MDT donde se aprueba los documentos de gestión administrativa de la Municipalidad Distrital de Talavera. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal se emite lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TALAVERA DE AÑO 2019 Artículo Primero.- APROBAR, el Organigrama Estructural y Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Talavera en folios 07, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, EL Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Talavera, que contiene Diez Títulos (10) y VIII Capítulos y 158 artículos Disposiciones transitorias, Órganos descentralizados, Relaciones interinstitucionales cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR, toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER, el cumplimiento de la presente Ordenanza a todos los órganos estructurados de la Municipalidad Distrital de Talavera, y publicar en los diarios de mayor circulación y el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase. ABEL MANUEL SERNA HERRERA Alcalde 1783689-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

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