Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2019 (10/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Domingo 10 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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lineamientos contenidos en la Ley de Organizaciones Políticas; Mediante Resolución Jefatural N° 0078-2019-JN/ ONPE, publicado en El Peruano el 27 de febrero del presente, se aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del financiamiento público directo del año 2019 a favor de las organizaciones políticas beneficiarias, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y dispuso que la Gerencia de Administración de la ONPE efectúe las transferencias del financiamiento público directo correspondiente a los meses de enero a febrero del 2019 en las cuentas del Banco de la Nación de las organizaciones políticas que hayan cumplido con los requisitos y a partir del mes de marzo de 2019, se realizarán dentro del tercer día hábil de cada mes; En ese contexto, la GSFP debe establecer un cronograma que fije el período y plazo de la rendición de cuentas del financiamiento público directo del ejercicio anual 2019, el cual debe facilitar su presentación por parte de las organizaciones políticas beneficiarias, determinándose que la rendición de cuentas será mensual y, a más tardar, podrá efectuarse hasta el quinto día hábil del mes siguiente de recibido el depósito, y por excepción, la rendición de los meses de enero a marzo de 2019 se efectuará hasta el 05 de abril de 2019; De conformidad con las atribuciones conferidas a la GSFP por la Ley de Organizaciones Políticas, el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios y con lo dispuesto en el literal e) del artículo 101º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias; Con el visado de las Jefaturas del Área de Normativa y Regulación de Finanzas Partidarias y de Verificación y Control de la GSFP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar las fechas de presentación de la rendición de cuentas que efectuarán los partidos políticos y/o alianzas electorales beneficiarias del financiamiento público directo correspondiente al ejercicio anual 2019, que serán las siguientes:
CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO DIRECTO DEL EJERCICIO ANUAL 2019 Período de rendición de cuentas Meses de enero a marzo de 2019 Mes de abril de 2019 Mes de mayo de 2019 Mes de junio de 2019 Mes de julio de 2019 Mes de agosto de 2019 Mes de setiembre de 2019 Mes de octubre de 2019 Mes de noviembre de 2019 Mes de diciembre de 2019 Plazo de presentación Hasta el 05 de abril 2019 Hasta el 08 de mayo de 2019 Hasta el 07 de junio de 2019 Hasta el 05 de julio de 2019 Hasta el 07 de agosto de 2019 Hasta el 06 de setiembre de 2019 Hasta el 07 de octubre de 2019 Hasta el 08 de noviembre de 2019 Hasta el 06 de diciembre de 2019 Hasta el 08 de enero de 2020

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionario a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 907-2019 Lima, 6 de marzo de 2019 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: Las comunicaciones electrónicas entre el Banco Central de Brasil y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión con Funcionarios del Banco Central de Brasil, que se llevará a cabo el 13 de marzo de 2019 en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil; La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Seminario Regional sobre Basilea III y Retos de Implementación, organizado conjuntamente con el Financial Stability Institute (FSI) - Bank for International Settlements (BIS), el Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA) y el Banco Central de Brasil (BCB), que se llevará a cabo los días 14 y 15 de marzo de 2019 en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil; CONSIDERANDO: Que, la Reunión con Funcionarios del Banco Central de Brasil tiene como objetivo intercambiar experiencias en materia de proporcionalidad y un proyecto sobre captura de data granular que se obtendría de manera directa de las bases de datos básicas o más transaccionales de los supervisados; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema financiero en la región; Que, el Seminario Regional sobre Basilea III y Retos de Implementación, dirigido a profesionales con experiencia en regulación financiera y en la implementación del marco de Basilea III, tiene como objetivo actualizar a los participantes sobre las revisiones del marco regulatorio internacional de Basilea III, y discutir los desafíos e intercambiar experiencias en relación con la implementación de los estándares de Basilea III; Que, en atención a las invitaciones cursadas, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos, para que participe en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-22, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2019, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARGARITA MARÍA DÍAZ PICASSO Gerente Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios 1748334-1

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