Norma Legal Oficial del día 10 de marzo del año 2019 (10/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de marzo de 2019 /

El Peruano

de la Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación(e) 1748337-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 476-2019-MP-FN Lima, 8 de marzo de 2019 VISTA: La Ley Nº 30914, Ley que modifica la Ley Nº 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, respecto a la intervención del Ministerio Público y a la vía procedimental, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de febrero de 2019. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 6 del artículo 159º de la Constitución Política del Perú, corresponde al Ministerio Público emitir dictamen previo a las resoluciones judiciales en los casos que la ley contempla. Que, el artículo 14º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley Nº 27584, señala que en el proceso contencioso administrativo el Ministerio Público interviene de la siguiente manera: Como dictaminador, antes de la expedición de la resolución final y en casación; y, como parte, cuando se trate de intereses difusos, de conformidad con las leyes de la materia. Que, en la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley de visto, se ha dispuesto que se derogue, entre otro, el artículo señalado en el párrafo precedente. Que, conforme se aprecia del reporte de carga laboral y producción fiscal de las Fiscalías Superiores y Provinciales a nivel nacional, emitido por la Oficina de Control de la Productividad Fiscal, actualizado al 05 de marzo del año en curso, las Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima y Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, cuentan a la fecha, con una ínfima carga laboral en materia civil, la misma que no justificaría la existencia de nueve Fiscalías Superiores Civiles y Contencioso Administrativo de Lima y catorce Fiscalías Provinciales Civiles de Lima, respectivamente; por lo que, por necesidad de servicio, resulta necesario que algunas de sus plazas fiscales sean asignadas a Despachos Fiscales que requieran apoyo fiscal. Por otro lado, se ha registrado un incremento de la carga laboral en la Fiscalía Suprema de Control Interno, así como en la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima, conforme se señala en el oficio Nº 136-2019-ODCILIMA, de éste último, solicitando en virtud a las funciones que realizan, el aumento de la cantidad de personal fiscal, entre otro, a fin de optimizar su trabajo. De igual forma, la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, ha informado en su oportunidad, que requiere contar con personal fiscal del rango de Fiscal Adjunto Superior, para que brinde apoyo en las diligencias programadas por las Fiscalías Superiores del Distrito Fiscal de Lima. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y eficaz, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. En atención a lo señalado, dada la necesidad de servicio aludida, la misma que se encuentra debidamente comprobada, resulta oportuno la asignación de una (01) plaza de Fiscal Adjunto Superior, con carácter permanente, proveniente de la Primera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, como apoyo

y de manera temporal, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima; asimismo, la asignación de una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, proveniente de la Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima, y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas ellas con carácter permanente, provenientes de la Segunda, y Octava Fiscalía Provincial Civil de Lima, como apoyo y de manera temporal, a la Fiscalía Suprema de Control Interno; y, finalmente, la asignación de cuatro (04) plazas de Fiscales Provinciales, todas ellas con carácter permanente, provenientes de la Tercera, Octava, Novena y Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima, como apoyo y de manera temporal, a la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima. En tal sentido, tomando en consideración lo resuelto en la Ley Nº 30914, Ley que modifica la Ley Nº 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, así como lo expresado en los párrafos precedentes, resulta conveniente expedir el resolutivo que disponga la asignación de las plazas señaladas en el párrafo que antecede. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar de manera temporal como apoyo y hasta el 30 de junio del año en curso, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Superior, proveniente de la Primera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima. Artículo Segundo.- Asignar de manera temporal como apoyo, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, una (01) plaza de Fiscal Provincial, proveniente de la Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales provenientes de la Segunda y Octava Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Tercero.- Asignar de manera temporal como apoyo, a la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Lima, cuatro (04) plazas de Fiscales Provinciales, provenientes de la Tercera, Octava, Novena y Décima Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima. Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Mónica Patricia Villa Bendezú, Fiscal Adjunta Superior Titular de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 078-2019-MPFN, de fecha 14 de enero de 2019. Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación de la abogada María Cristina Gutiérrez Vargas, Fiscal Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Cuarta Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 085-2005-MP-FN, de fecha 13 de enero de 2005. Artículo Sexto.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Lira Estrada Rosas, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, y su designación en el Despacho de la Quinta Fiscalía Superior Civil y Contencioso Administrativo de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2742-2018-MPFN, de fecha 02 de agosto de 2018. Artículo Séptimo.- Dar por concluida la designación de la abogada Iris Nora Nazario Díaz, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Novena Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5696-2015-MP-FN, de fecha 12 de noviembre de 2015. Artículo Octavo.- Dar por concluida la designación de la abogada Medallit Cornejo Jurado, Fiscal Provincial Titular Civil y Familia de Barranca, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Civil de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1497-2012-MP-FN, de fecha 19 de junio de 2012. Artículo Noveno.- Dar por concluida la designación de la abogada Marita Milagros Rengifo Kanashiro, Fiscal Provincial Titular Civil de Lima, Distrito Fiscal de Lima,

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