Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 7 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Mediante Oficio Nº 1027-RECTORADO-2019 del 25 de marzo de 2019, la Universidad comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la visita de verificación presencial, así como la relación de los funcionarios y personal profesional que facilitaría la información y el acceso a los ambientes de la Universidad. Los días 1 al 5 de abril de 2019 se realizó la visita de verificación presencial en la sede de la Universidad; recabándose información complementaria y actualizada. Mediante Oficio Nº 1178-RECTORADO-UNP-2019 del 10 de abril de 2019, la Universidad presentó información adicional. El 15 de abril de 2019 se emitió el Informe de verificación presencial Nº 058-2019-SUNEDU-DILIC-EV, el cual concluyó con resultado favorable, en tanto se verificó el cumplimiento de las CBC. El 16 de abril de 2019, la Dilic emitió el Informe técnico de licenciamiento Nº 010-2019-SUNEDU-02-12 con resultado favorable, con lo que se inició la tercera etapa del procedimiento de licenciamiento. II. Cuestiones previas 2.1. Desistimiento de la oferta académica La Universidad, mediante Resolución de Asamblea Universitaria Transitoria Nº 002-AUT-UNP-2019 del 2 de abril de 2019, aprobó el desistimiento de cincuenta y cuatro (54) programas de estudios: veinte (20) programas de pregrado5, veintidós (22) de posgrado6 y doce (12) de segunda especialidad7, los cuales fueron declarados para efectos de grados y títulos. Adicionalmente, mediante Resoluciones de Asamblea Universitaria Transitoria Nº 014-AUT-UNP-2018 y Nº 001-AUT-UNP-2019 del 14 de noviembre de 2018 y 2 de abril de 2019, respectivamente; la Universidad se desistió de dos (2) programas de maestría8, los cuales no contaban con estudiantes. Asimismo, la Universidad contaba con siete (7) filiales ubicadas en los distritos de Chulucanas, Ayabaca, Huancabamba, Sechura, Sullana, Talara y Paita, para las cuales se celebraron convenios de cesión en uso con los respectivos municipios distritales. Sin embargo, la Universidad definió el cierre voluntario de estas filiales. En tal sentido, mediante Resoluciones de Asamblea Universitaria Transitoria Nº 006-AUT-UNP-2018 y Nº 010-AUT-UNP-2018, del 20 de julio y 14 de noviembre de 2018, respectivamente, la Universidad formalizó el desistimiento de las filiales ubicadas en los distritos de Chulucanas, Ayabaca, Huancabamba, Sechura, Sullana, Talara y Paita; y, dispuso la reubicación de todos los estudiantes de dichas filiales a su sede9. Conforme al artículo 200 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019JUS (en adelante, TUO de la LPAG), el desistimiento debe ser formulado de manera expresa y señalando su contenido y alcance, se puede efectuar en cualquier momento del procedimiento, antes que se notifique la resolución que agote la vía administrativa; y, será la autoridad competente quien lo acepte de plano. De acuerdo al numeral 200.7 del artículo 200 del TUO de la LPAG, se ha evidenciado que con el desistimiento no se afecta intereses de terceros ni el interés general, por lo que los actos de desistimiento formulados por la Universidad, respecto de los programas académicos y de las filiales antes mencionadas son procedentes. En tal sentido, de conformidad con el numeral 200.6 el artículo 200 del TUO de la LPAG, corresponde aceptar el desistimiento de dichos programas y filiales, declarándose concluido el procedimiento en dicho extremo. 2.2. Cambio de denominación en la oferta académica Durante el procedimiento de licenciamiento institucional, la Universidad presentó las Resoluciones de Consejo Universitario Nº 420-CU-2016 del 30 de junio de 2016, Nº 559-CU-2016 del 11 de agosto de 2016, Nº 594CU-2016 del 14 de setiembre de 2016, Nº 677-CU-2016 y Nº 679-CU-2016 del 3 de octubre de 2016, Nº 534-ACU-2017 del 20 de noviembre de 2017 y Nº 572-CU-2018

del 26 de octubre de 2018; mediante las cuales resolvió aprobar el cambio y/o rectificación de la denominación de once (11) programas de estudio de posgrado conducentes al grado académico de maestro y doctor. De acuerdo a lo manifestado por la Universidad, los cambios se realizaron con la finalidad de actualizar y/o rectificar la denominación de los programas con los que fueron inicialmente creados. El detalle de estos once (11) programas se encuentra en la Tabla Nº 3 del Informe técnico de licenciamiento Nº 010-2019-SUNEDU-02-12. De la evaluación se advierte que, el cambio y/o rectificación de la denominación de los once (11) programas de estudio fueron aprobados por el Consejo Universitario. En atención a lo señalado, resulta pertinente reconocer el cambio y/o rectificación de denominación de los once (11) programas de posgrado realizado por la Universidad. III. Sobre el Informe técnico de licenciamiento El Informe técnico de licenciamiento Nº 010-2019SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral del cumplimiento de las CBC, valorándose la pertinencia de la oferta académica existente, la consistencia de la gestión institucional estratégica y la política de calidad, la sostenibilidad de la carrera docente, la consistencia de la política de investigación, la sostenibilidad de la infraestructura y equipamiento, la consistencia de acciones de seguimiento al estudiante y egresado, y la consistencia de la política de bienestar. Asimismo, desarrolla el análisis de la necesidad de incorporar requerimientos y recomendaciones a la presente resolución, con la finalidad que la Universidad fortalezca un proceso de mejora continua.

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De los veinte (20) programas de pregrado: i) ocho (8) son programas de Desarrollo Profesional del Educador (PRODEPE) y doce (12) son programas de capacitación y perfeccionamiento magisterial (PCPM). Los programas de posgrado desistidos son: Maestría en Medicina Familiar; Maestría en Zumos Tropicales; Maestría en Ingeniería Ambiental; Maestría en Arquitectura con Certificación en Planificación Urbana; Maestría en Arquitectura con Certificación en Diseño Arquitectónico; Maestría en Arquitectura con Certificación en Patrimonio Arquitectónico; Maestría en Desarrollo y Defensa Nacional; Maestría en Sistemas Integrados de Gestión de la Calidad, Medio Ambiente y Prevención de Riesgos Laborales; Maestría en Arquitectura con Mención en Diseño Arquitectónico; Maestría en Docencia Universitaria con Mención en Gestión Educativa; Maestría en Docencia Universitaria con mención en Tutoría y Orientación; Maestría en Docencia Universitaria con mención en Educación Física; Maestría en Docencia Universitaria con mención en Aprendizaje Creativo; Maestría en Docencia Universitaria con Mención en Informática en el Proceso Educativo; Maestría en Docencia Universitaria con Mención en Didáctica en Ciencias Naturales; Maestría en Docencia Universitaria; Maestría en Didáctica de la Literatura Hispanoamericana con mención en Literatura Piurana; Maestría en Producción Animal; Maestría en Acuicultura Tropical; Maestría en Master Internacional en Ciencias de la Ingeniería con mención en Sistemas Geomáticos Avanzados, y Maestría en Didáctica en Ciencias de la Educación. Segunda Especialidad en Educación Inicial; Segunda Especialidad en Comunicación, Matemática y Psicomotricidad en Nivel Inicial; Segunda Especialidad en Comunicación, Matemática y Ciencias en Nivel Primaria; Segunda Especialidad en Comunicación y Matemática en Educación Secundaria; Segunda Especialidad en Psicopedagogía (PRODEPE); Segunda Especialidad en Gestión Educativa (PRODEPE); Segunda Especialidad en Educación Especial - Problemas del Aprendizaje (PRODEPE); Segunda Especialidad de Ciencia, Tecnología y Ambiente (PRODEPE); Segunda Especialidad de Educación Física (PRODEPE); Segunda Especialidad de Física y Química (PRODEPE); Segunda Especialidad en Tecnología Educativa (PRODEPE); Programa Especial de Licenciado en Educación, Especialidad de Filosofía y Ciencias Sociales (PRODEPE). Maestría en Acuicultura Tropical, y Maestría en Master Internacional en Ciencias de la Ingeniería con Mención en Sistemas Geomáticos Avanzados. El 16 de noviembre de 2018, la Universidad remitió a la Dilic, documentación referente al Plan de reubicación de los estudiantes de dichas filiales, documentación que fue remitida a la Dirección de Supervisión de la Sunedu mediante el Memorando Nº 1022-2018/SUNEDU-02-12 del 20 de noviembre de 2018.

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