Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2019 (07/05/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 7 de mayo de 2019 /

El Peruano

casos específicos antes mencionados, y siempre y cuando hayan cumplido con los requisitos señalados en el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1322, previo al procedimiento establecido en el mismo cuerpo legal, el juez podrá disponer la Vigilancia Electrónica Personal a favor de ellos. Cuarto: Ahora bien, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2018-JUS, de fecha 15 de mayo de 2018, se aprobó el Calendario Oficial para la implementación progresiva de la Vigilancia Electrónica Personal, ampliando sus alcances al Distrito Judicial de Ventanilla, y bajo este contexto normativo, mediante oficio N° 4172019-INPE, de fecha 09 de abril de 2019, el Presidente del Consejo Nacional Penitenciario solicita la designación de quienes serán los jueces competentes a cargo de la implementación de dicho sistema. Sexto: En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, esto es, dictando las acciones que sean pertinentes a la finalidad de asegurar el normal desarrollo y la debida atención de los órganos jurisdiccionales y administrativos que conforman este Distrito Judicial. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en todos los órganos jurisdiccionales que aplican el Código Procesal Penal en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, cuyos Juzgados y Salas Penales deberán aplicar las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1322 y enunciados complementarios. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor doctor WALTER DAVID GÓMEZ AMPUDIA, Juez Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, como COORDINADOR de implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital en coordinación con el Área Informática, y la Administración del Módulo Penal, lleven a cabo las acciones de coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) para la implementación del sistema de Vigilancia Electrónica Personal (VEP) en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, dando cuenta periódicamente de sus acciones a este Despacho. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución A CONOCIMIENTO de la Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General, Secretario Técnico de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA), Gerencia de Administración Distrital, Área de Informática, Área de Imagen y Prensa, así como de los magistrados interesados de esta Corte Superior de Justicia para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1766710-1

Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional de diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 190-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, dos de mayo de dos mil diecinueve.VISTOS: El Informe Nº 020-2019-AE-CSJV/PJ, remitido por el Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Decreto Supremo Nº 002-2016JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de marzo de 2016, la Presidencia de la República modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal y dispuso su implementación en el Distrito Judicial de Ventanilla, a partir del 01 de mayo del 2016. Desde entonces han transcurrido tres años desde la implementación del Código Procesal Penal, conmemorándose el 01 de mayo del año en curso el III Aniversario de implementación del Código Procesal Penal en esta Corte Superior de Justicia. Segundo: Bajo este contexto, mediante el informe del visto el Encargado del Área de Estadística de esta Corte Superior de Justicia ha puesto en conocimiento el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales de este Distrito Judicial; en razón a ello, este Despacho estima pertinente reconocer y felicitar a los señores magistrados, así como al personal jurisdiccional y administrativo de los órganos jurisdiccionales que, de acuerdo al Sistema Integrado Judicial, registraron el mayor nivel resolutivo de causas y el menor promedio de tiempo para resolver solicitudes y/o requerimientos (procesos principales), durante el año 2018. Tercero: Sumado lo anterior, cabe precisar que el mérito obtenido por los órganos jurisdiccionales durante el año 2018 pone en relieve un sistema de administración de justicia eficaz, oportuna y sujeta a los principios de celeridad y oralidad, cuya aplicación es promovida por el Código Procesal Penal vigente en este Distrito Judicial. En este sentido, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna y brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER Y FELICITAR a los señores magistrados y personal jurisdiccional de los siguientes órganos jurisdiccionales: - Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Mi Perú, por haber registrado el menor promedio de tiempo para resolver solicitudes y/o requerimientos (procesos principales), esto es, 31 días calendarios, durante el año 2018. - Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, por haber registrado el mayor nivel resolutivo de expedientes, durante el año 2018. - Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacutec, el menor promedio de tiempo para resolver solicitudes y/o requerimientos (procesos principales), esto es, 35 días calendarios, durante el año 2018.

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