Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2019 (24/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Viernes 24 de mayo de 2019 /

El Peruano

Desarrollo; el Informe Nº 048-2019-OAF-ZOFRATACNA del 24 de Abril de 2019, emitido por la Oficina de Administración y Finanzas del Comité de Administración de la ZOFRATACNA; el Informe Nº 031-2019-ALOGOAF-ZOFRATACNA de fecha 24 de Abril de 2019, emitido por el Área de Logística; el Informe Nº 0062-2019-OPP-ZOFRATACNA del 25 de Abril de 2019, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Comité de Administración de la ZOFRATACNA; el Oficio Nº 237-2019-GG-ZOFRATACNA del 25 de Abril de 2019, emitido por la Gerencia General (e) de la ZOFRATACNA sobre la Participación de la Zona Franca de Tacna en la Feria EXPONOR - 2019; la Resolución de Gerencia General Nº 073-2019-GG-ZOFRATACNA del 25 de Abril de 2019, emitido por la Gerencia General de la ZOFRATACNA," y demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 009-2019-COPPyAT-CR de fecha 08 de mayo de 2019 sobre: "AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR EN COMISIÓN DE SERVICIOS A LA REPÚBLICA DE CHILE DE FUNCIONARIOS DE LA ZOFRATACNA CON EL OBJETIVO DE PARTICIPAR EN LA FERIA EXPONOR 2019", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de mayo de 2019. Que, teniendo en cuenta las opiniones favorables, así como considerando que la participación en la referida actividad será asumida por el MINCETUR, debiendo la ZOFRATACNA asumir los gastos de traslado y viáticos de los funcionarios; resulta atendible el pedido de aprobación de autorización de viaje al exterior de la Ing. Ximena Gómez Valente y del Ing. José Condori Salinas, Gerente General y Gerente de Promoción y Desarrollo de la ZOFRATACNA respectivamente, toda vez que dicho viaje permitirá mostrar los beneficios y ventajas de la Zona Franca de Tacna. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por unanimidad en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión especial de servicio a la República de Chile ­ ciudad de Antofagasta de la Ing. Ximena Gómez Valente y del Ing. José Condori Salinas, Gerente General y Gerente de Promoción y Desarrollo de la ZOFRATACNA respectivamente, los días 26 al 31 de mayo de 2019 con el objetivo de participar en la Feria EXPONOR 2019. Artículo Segundo.- ESTABLECER que el viaje autorizado mediante el presente Acuerdo de Consejo Regional ocasionará gastos de traslado y viáticos para la ZOFRATACNA. Artículo Tercero.- DISPONER que los comisionados presenten al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Sexto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y DISPONER su publicación en

el Diario Oficial El Peruano, ello en mérito a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 27619. POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. LUZ DELIA HUANCAPAZA CORA Presidenta Consejo Regional de Tacna 1771724-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite relacionados a procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados mediante Ordenanza N° 379/MDLM de la Municipalidad Distrital de La Molina
ACUERDO DE CONCEJO Nº 054 Lima, 30 de abril de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009397 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, de fecha 04 de abril de 2019, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 379/MDLM, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la citada ordenanza de la Municipalidad Distrital de La Molina, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000832, de fecha 03 de abril de 2019, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 137 derechos de trámite que corresponden a un total de 137 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos han sido sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la ordenanza materia de la ratificación; Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana

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