Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2019 (24/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 24 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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de un Programa Nacional, conforme a las normas de la materia, para lo cual se tendrá en cuenta la sostenibilidad y el volumen de demanda de los Bienes Especializados. Segunda.- Los representantes de los Gremios de las MYPE elegidos en el marco de la Resolución Ministerial Nº 301-2018-PRODUCE, continúan ejerciendo su representación hasta la proclamación de los nuevos representantes elegidos conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento. ANEXO 1 DIAGRAMA - PROCESO ESPECIAL DE COMPRAS

FASE 1: ACTOS PREVIOS OS

FASE 2: PROCEDIMIENTO DE ADQUISICION

(*) Los plazos descritos corresponden a un proceso estándar. Sin embargo, pueden acortarse en caso se trate de bienes especializados homologados o extenderse, en caso se trate de Bienes Especializados con características y complejidades particulares.

ANEXO 2 DETERMINACION DEL FACTOR DE COMPETENCIA La Metodología de Crecimiento Competitivo MYPE establece una relación inversamente proporcional entre la ponderación por Compromisos de Desarrollo Productivo y la ponderación por mejor Oferta Económica; siendo el estímulo otorgado por los Compromisos de Desarrollo Productivo el factor preponderante en las etapas iniciales de la Transitabilidad MYPE, y la Oferta Económica el factor preponderante en las etapas posteriores, según se grafica en la siguiente fórmula para la determinación del puntaje asignado a cada propuesta.

Para el cálculo de PPp, que es el puntaje obtenido por el componente de mejor oferta económica se emplea un precio máximo de referencia Pmaxref. Los participantes deben ofertar porcentajes de descuento por debajo del precio máximo de referencia y los puntos se otorgan en función del descuento ofrecido, tomando como referencia la mejor oferta. La oferta con mayor descuento (Pmejor) obtiene el puntaje máximo del componente precio (PPmax) y el resto de propuestas obtiene un puntaje inversamente proporcional de la distancia de su precio respecto al precio de la mejor propuesta, según la siguiente fórmula:

Donde es el peso asignado al componte de bonificaciones y es el peso asignado al componente de competitividad por la mejor oferta económica, tal que +=1. Asimismo, > en las primeras postulaciones y < en las últimas. El índice se define como índice de crecimiento productivo y como índice de mejor oferta económica. El subíndice p indica el número de postulante, PBp es la sumatoria ponderada de las bonificaciones otorgadas al postulante p por el cumplimiento de los Compromisos de Desarrollo Productivo; PBmax es el puntaje máximo que se puede obtener por el componente de bonificaciones; PPp es el puntaje obtenido por el postulante p por el componente de mejor oferta económica y PPmax es el puntaje máximo que se puede obtener por dicho componente.

El precio ofertado Pp por cada propuesta, debe encontrarse dentro de la banda de precios establecida en las Bases Consolidadas. La banda superior está delimitada por el precio máximo de referencia, mientras que la banda inferior corresponde a un precio mínimo, que busca asegurar la calidad de los Bienes Especializados. El precio máximo y mínimo de referencia es calculado por PRODUCE y se define para cada Procedimiento de Adquisición en el Expediente de Adquisición Preliminar. Para su cálculo, PRODUCE puede usar, entre otros criterios: investigaciones de mercado, análisis de costos, beneficios y demás información recopilada. Dicho precio puede variar en el tiempo para asegurar una mayor competitividad de las ofertas económicas en los Procedimientos de Adquisición, a medida que mejoren las condiciones productivas de las empresas y/o del mercado. 1772446-3

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